Dos ciudadanas peruanas fueron condenadas a tres años de prisión en suspenso por forzar a una niña de 16 años –hija y nieta, respectivamente- a someterse a un aborto ilegal en 2011 que a punto estuvo de costarle la vida.

El Tribunal Oral número diez, en un fallo unipersonal del juez Alejandro Noceti Achával, condenó a Yovana Espejo Huillca, de 71 años de edad,  y a Eulogia Huillca Rocca, de 45, por “haber provocado, en contra de su voluntad, la interrupción del embarazo que cursaba la -hija y nieta de cada una de ellas, respectivamente-, quien para ese entonces tenía 16 años de edad, en un departamento en el barrio de Liniers, entre los días 24 y 27 de mes de mayo de 2011”.

Según se desprende del fallo, “para esa época, la damnificada se encontraba de novia con (otro adolescente, cuya identidad permanecerá en reserva) y quedó embarazada, pero mientras cursaba su tercer mes de gestación, sin tener recursos económicos, laborales, ni un lugar donde convivir con su pareja y el bebé que esperaban, las acusadas la obligaron a realizarse un aborto, en contra de su voluntad”.

Para ello, la llevaron a una galería a dos cuadras de la estación de trenes del barrio de Liniers, donde fueron atendidas por una mujer de unos 40 años, quien “le aplicó una inyección en su glúteo, le indicó que tomara tres pastillas y la mandó a caminar por una hora”.

Al regresar, “la mujer que la había atendido los acompañó hasta un departamento que estaba a dos cuadras, en el cual concretaban los abortos, mientras que al novio lo dejaron esperando en la puerta”.

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“La acostaron en una camilla médica, similar a las que hay en los consultorios ginecológicos, le colocaron un tubo parecido a una sonda y, pese que no la dejaron mirar, la víctima sintió un pinchazo y, luego, una pérdida fuerte de sangre. Tras dos horas la dejaron retirarse”, describe el fallo.

Al día siguiente, la joven tuvo una fuerte hemorragia de la que fue atendida en el Hospital Argerich, “en donde le realizaron un raspado y permaneció internada cerca de una semana, siempre acompañada por su novio”, describe la resolución.

El fallo explica que “después de lo ocurrido, la adolescente se alejó de su familia y se fue a vivir con su novio, con quien continuó hasta la actualidad y tuvo dos hijos”.

El Juicio Abreviado es un mecanismo de resolución de conflictos judiciales mediante el cual los imputados reconocen su responsabilidad en el hecho que se les imputa a cambio de una pena más benévola de la que podría corresponderles en un debate oral.

En este caso, a las imputadas podían haberle correspondido hasta diez años de prisión.

El tribunal evaluó que la abuela de la víctima “proviene de un hogar desintegrado ante el abandono de su madre, que fue criada junto a su hermano por su padre y madrina, que tuvo 8 hijos de dos uniones, que no posee ingresos propios y que reside junto a dos de sus hijos que la sostienen económicamente”.

En cuanto a la madre, contempló que “es una persona adulta de 45 años de edad que no completó sus estudios primarios”.