Por qué piden penas de hasta 40 años para los miembros de la secta yogui de Mar del Plata
Los hechos habrían ocurrido al menos desde principios de la década de 1970 en Mar del Plata, Francisco Álvarez y en la Ciudad de Buenos Aires. La acusación incluye también la alteración de la identidad de al menos siete niños y niñas.
En su alegato, el fiscal Fabián Celiz, a cargo de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, solicitó el lunes, las penas de 40, 27 y 17 años de prisión para tres miembros de una secta acusados por explotar sexual y laboralmente a sus fieles.
Las penas fueron solicitadas para Silvia Cristina Capossiello, Sinecio de Jesús Coronado Acurero y Luis Antonio Fanesi, y además, el fiscal pidió el decomiso de dos departamentos ubicados en la Ciudad de Buenos Aires; importantes sumas de dinero encontradas en una cuenta corriente en pesos y otra en dólares; el dinero secuestrado al momento del allanamiento; un auto Alfa Romeo y dos autos Motorhome Mercedes Benz; y la totalidad de las armas encontradas el día del allanamiento.
Además, la fiscalía solicitó librar oficios para informar el estado y saldo de cuentas bancarias encontradas en el Banco de Nueva York y en el JPMORGAN.
Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, las tres personas llegaron al juicio, que comenzó en septiembre del año pasado, acusadas de haber sido parte de una organización liderada por Eduardo Nicosia, fallecido- junto a Fernando Ezequiel Velázquez -también fallecido- con rasgos de secta y bajo la apariencia de un ministerio de yoga, que captó y acogió al menos a diez personas en situaciones de vulnerabilidad, con el fin de reducirlas a la servidumbre y lograr su explotación económica, sexual y laboral.
Los hechos habrían ocurrido al menos desde principios de la década de 1970 en las ciudades de Mar del Plata; Francisco Álvarez, partido de Moreno; y en la Ciudad de Buenos Aires. A partir de 2005 y hasta julio de 2018, en el hotel City, ubicado en Diagonal Alberdi 2561, en pleno centro marplatense.
Una de las imputadas, Caposiello, fue acusada de ser coautora del delito de trata de personas con fines de explotación sexual y laboral, agravada por uso de engaño, fraude, violencia, amenazas y otros medios de intimidación y coerción, abuso de autoridad y de situación de vulnerabilidad, recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de las personas sobre las que tuvo autoridad, por la cantidad de víctimas y victimarios, por ser ministra o autoridad de culto, por la consumación de la explotación en perjuicio de las 10 víctimas identificadas, que concurren en concurso real con hechos independientes como partícipe necesaria del delito de abuso sexual agravada en perjuicio de 3 víctimas.
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También fue acusada como coautora del delito de hacer incierto y adulterar la identidad de una persona menor de 10 años de edad, en concurso ideal con el delito de falsedad ideológica de documento público en perjuicio de 7 víctimas.
La fiscalía además la acusó de ser coautora del delito de acopio de armas de fuego, piezas o municiones de estas sin la debida autorización, y como autora del delito de resistencia a la autoridad, todas conductas que concurren de manera ideal entre sí.
En tanto que Coronado Acurero y Fanessi fueron acusados en grado de partícipes primarios en orden a los delitos de trata de personas con fines de explotación sexual y laboral agravado por el uso de engaño, fraude, violencia, amenazas y otros medios de intimidación y coerción, abuso de autoridad y de una situación de vulnerabilidad y concesión o concepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de las personas sobre las que tuvo autoridad, por la cantidad de víctimas y victimarios, por ser ministro o autoridad de culto, y por la consumación de la explotación en perjuicio de las 10 víctimas identificadas que concurren idealmente por configurar hechos independientes.
También fueron acusados como partícipes primarios del delito de hacer incierto y adulterar la identidad de un menor de 10 años, que concurre idealmente con el delito de falsedad ideológica de documento público en perjuicio de 7 víctimas.
Asimismo, fue acusado en carácter de partícipe primario del delito de acopio de armas de fuego, piezas o municiones de estas sin autorización. Todas conductas que concurren de manera real entre sí.
"La idea de los integrantes de esta organización criminal era pasar desapercibidos, que nadie notara nada extraño y que nadie sospechara que allí se estaban cometiendo los delitos más aberrantes. Por eso, era necesario cubrir todos los flancos e inventar familias ficticias", señaló Carlos Fioriti, auxiliar fiscal, en una parte del alegato.
Y con respecto a la acusación por los delitos de adulteración de identidad, sostuvo: "recordemos que los niños nacidos en esta secta, desde los primeros años de vida, sabían que su verdadero padre era Nicosia, es más, le decían papá. También ha quedado probado que Nicosia, fruto de las relaciones sexuales que mantuvo con distintas mujeres del grupo, tuvo 14 hijos, dos de ellos con sus hijas biológicas. A uno de ellos lo inscribieron como si fuese hijo de otros miembros de la congregación, alterando y adulterando partidas de nacimiento. Esto es lo que ha surgido de este debate".
La fiscalía destacó además, que la prueba recolectada permite concluir que Caposiello, pareja de Nicosia y madre biológica de dos de las víctimas, a sabiendas de esa falsedad no solo consintió la ilegalidad, sino que formó parte de la ejecución de las falsedades, Y sobre el conocimiento de los abusos de Caposiello, el representante del MPF, dijo que "resulta innegable" y que "los facilitó en innumerables oportunidades. Habiendo tomado conocimiento de aberrantes hechos no hizo nada para evitarlos”.
Para reparar el daño provocado a las víctimas, la fiscalía solicitó una reparación económica de 6,6 millones de pesos a cada uno de los acusados por el daño moral sufrido, y para ello requirió el decomiso del inmueble ubicado en diagonal Alberdi 2.561, Hotel City, escenario de gran parte de los hechos.