La Corte Suprema rechazó un planteo de un condenado a cinco años de prisión por conducir borracho y causar la muerte de una persona que viajaba por la Ruta 11 en el año nuevo de 2012.

El máximo tribunal desestimó un pedido de la defensa de Juan Carlos Choque Tito, de nacionalidad boliviana, contra el juicio oral en el que terminó condenado por la muerte de Carlos Díaz, quien transitaba en sentido contrario por la Ruta 11 el 1º de enero de 2012.

En la sentencia, dictada por el Tribunal en lo Criminal número dos de Dolores, quedó probado que Choque Tito conducía una camioneta con 1,72 gramos de alcohol por litro de sangre, casi cuatro veces más de lo permitido por las leyes de tránsito. Su acompañante tenía 2,41.

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El andar zigzagueante de la camioneta, de la banquina a la mano contraria, fue filmado por otro automovilista que llamó insistentemente a la patrulla de caminos para que detuvieran la marcha del infractor. En uno de esos vaivenes por la cinta asfáltica, la camioneta impactó contra un vehículo que venía por la mano contraria e intentó esquivarlo.

El conductor Carlos Díaz, de 29 años de edad, salió despedido de su vehículo y murió como consecuencia del impacto contra el pavimento. Choque Tito fue interceptado y obligado a detener la marcha, y cuando descendió de la camioneta se quedó completamente dormido sobre el pasto de la banquina, al igual que su acompañante.

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Poco después fue excarcelado, pero en un operativo policial fue otra vez detenido porque conducía sin registro (lo tenía retenido) y nuevamente en estado de ebriedad.

En el juicio, la defensa –a cargo del abogado Rodrigo Gabriel Bentaberry- había pedido la absolución, en tanto que la familia de Díaz reclamó diez años de cárcel y la fiscalía, ocho. Pero además, Choque Tito había planteado la nulidad de la elevación de la causa a juicio y llegó con ese reclamo hasta la Corte.

En su último acuerdo, el máximo tribunal, por unanimidad, desestimó el pedido por razones formales de falta de documentación en el recurso.