El titular del Juzgado Federal N°1 de Bahía Blanca, Walter Ezequiel López Da Silva, procesó sin prisión preventiva al financista Juan Suris y a otras seis personas por los delitos de lavado de activos de origen delictivo y asociación ilícita.

Además, el magistrado trabó embargo sobre los bienes de los imputados por montos de entre 500 mil y 8 millones de pesos.

Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, la decisión fue dictada en sintonía con el requerimiento del fiscal Santiago Ulpiano Martínez, a cargo de la Fiscalía Federal N°1 de Bahía Blanca. El juez también dictó falta de mérito para otros cuatro imputados y dispuso el sobreseimiento de otra de las personas implicadas.

La investigación se inició en el año 2012 a raíz de la extracción de testimonios en la causa seguida a Suris por infracciones a la Ley 23.737 de Estupefacientes, la cual ya fue elevada a juicio y cuyo debate oral se encuentra pendiente.

De acuerdo a la investigación, la organización que encabezaba Suris inyectaba en el mercado formal el dinero obtenido de las diferentes actividades ilícitas relacionadas tanto a la venta de estupefacientes como a la generación de facturas apócrifas emitidas desde diferentes sociedades anónimas.

En este marco, la fiscalía consideró acreditado que cada uno de los miembros de la banda fue una pieza fundamental para el beneficio de la organización, lo que configuraba una estructura con fines delictivos, que se reflejaba a través de la contribución que hacía cada uno para la constitución de sociedades, que funcionaban como usinas de facturación apócrifa.

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La fiscalía señaló también que los réditos económicos alcanzados por Suris habrían oscilado entre $2.219.181,82 y $4.438.363,83; y que había registrado un incremento patrimonial que no pudo justificar, lo que evidenciaba un despropósito entre ingresos, riqueza y consumo.

Se informó que en base a las pruebas recabadas durante la pesquisa, el juez López Da Silva tuvo por acreditado que "Suris era jefe y organizador, definía la estrategia e integración de las sociedades, reclutó y asoció al negocio ilegal a las personas necesarias de su confianza, ocupó cargos importantes de las sociedades, hasta facilitando su propio domicilio particular, realizó cobros y pagos, y en general, tenía un amplio dominio de las diferentes tareas ligadas a la asociación ilícita".

Además, indicó que todos los acusados "se vinculan directamente con él -contadores, cónyuge, familiares y amigos- e indirectamente entre sí, generando así un círculo a su alrededor de personas de su confianza que le sirvieron como un medio para darle apariencia de legalidad a los bienes obtenidos de aquellos injustos subyacentes".

La resolución indicó también que las maniobras criminales fueron llevadas a cabo de manera directa por Suris, aunque también a través de sus contadores, prestanombres y colaboradores.

Fue así que el magistrado procesó, sin prisión preventiva, a Suris como autor del delito de lavado de activos agravado por haber sido cometido con habitualidad y como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza; y dispuso el embargo de sus bienes hasta cubrir la suma de 8 millones de pesos.

Con respecto a dos contadores, el juez lo consideró partícipes necesarios de lavado de activos agravado, como miembros de una asociación ilícita y por haber actuado en ejercicio de su profesión, y los embargó por 5 millones de pesos.

Y también dispuso el procesamiento y embargos por 2 millones de pesos de otros dos hombres y una mujer, a quienes procesó en
carácter de partícipes necesarios de los mismos delitos endilgados a Suris.

Finalmente procesó a un último hombre y lo embargó por 500 mil pesos, por su intervención como partícipe secundario.