Misiones: la Corte Suprema de Justicia le pone un freno a la presión tributaria ideada por Carlos Rovira
El máximo tribunal de Justicia de la Nación falló en contra del gobierno de Misiones por su pretensión de cobrar impuestos de sellos a fideicomisos celebrados en la CABA.
Misiones es uno de los estados provinciales mas voraces a la hora de recaudar impuestos y, en los últimos tiempos, ya no le alcanza con "exprimir" al sector privado provincial sino que el gobierno de Oscar Herrera Ahuad, a las órdenes del "caudillo" Carlos Rovira pretendió cobrar impuestos de sellos por contratos que se firman a 1.141 km de Posadas, distancia que la separa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Con el fallo de los jueces supremos se pone una barrera al esquema impositivo, denunciado varias veces por abusivo y agresivo, ideado por Carlos Rovira, gobernador de la provincia entre 1999 y 2007, y Miguel Ángel "Pimpy" Thomas que estuvo al frente de la Dirección General de Rentas (DGR) provincial durante dos décadas hasta el año 2019.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación sentenció que la provincia de Misiones no debe cobrar un impuesto de sellos a fideicomisos financieros constituidos en la Ciudad de Buenos Aires y reafirmó que ninguna provincia puede legislar “sino sobre las personas o cosas sometidas a su jurisdicción”. Lo hizo en el marco de una demanda que inició la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (ADEBA), el Banco de Valores S.A., el Banco Patagonia S.A. y el Banco Deutsche Bank S.A., los tres últimos en su carácter de fiduciarios de diversos fideicomisos financieros, contra la provincia de Misiones.
Este revés judicial llega en un mal momento para los recaudadores de la tierra colorada porque el anuncio realizado, recientemente, por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa, de eliminar la cuarta categoría del impuesto a las ganancias, le provocará una caída de los ingresos por coparticipación del orden del 3,5% de los 43.000 millones de pesos que recibió Misiones en el mes de agosto.
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En la DGR analizan que la pérdida se podría llegar a compensar con una mayor recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) producto de un mayor consumo de aquellos asalariados que recibirán mas dinero por no tributar ganancias mientras que algunos economistas señalan que la inflación provocará más reclamos de aumentos salariales en paritarias abiertas lo que llevará a los 700.000 trabajadores beneficiados con la medida a volver a pagar ganancias.
Sea como fuere, lo importante es la resolución judicial de la Corte Suprema que está enviando una señal en favor de aquellos ciudadanos que señalaron, en el pasado, la voracidad fiscal de la provincia de Misiones.
De hecho, durante el año 2020, cuando se vivió en cuarentena por la pandemia de Covid-19, Misiones aumentó su recaudación impositiva hasta en un 32,1% comparándola con los datos del año anterior.
Según el informe oficial de la Agencia Tributaria Misiones, el 91,9% de la recaudación local provino del regresivo impuesto de Ingresos Brutos cuya recaudación se incrementó en un 80%.
En 2020, prácticamente, sin actividad comercial, alcanzó los $31.465 millones mientras que en el año 2019, sin pandemia, con los locales abiertos y la actividad productiva funcionando normalmente, se recaudaron cerca de $ 17.372 millones. A nivel nacional, 2020 cerró su recaudación tributaria con un alza interanual del 32,1%.
Desde el sector empresario misionero advirtieron que la manera en que funciona el sistema de recaudación de Ingresos Brutos en la provincia genera la acumulación de exorbitantes saldos a favor y, por ende, provoca que quede capital de trabajo inmovilizado. Esa situación sigue sin cambiar.
La costumbre implementada por los gobernadores que sucedieron a Rovira hasta la actualidad, todos amanuenses del llamado "jeque" de la tierra colorada, de cobrar impuestos por actividades con sede en otros estados provinciales no es nueva.
Ya en 2020 empresarios bonaerenses levantaron la voz junto a los misioneros por esta costumbre. La voluminosa recaudación misionera provenía en parte por la forma en que la provincia dispuso el cobro anticipado del gravamen para las empresas que tienen actividad en varias jurisdicciones.
Eso genera grandes saldos a favor de los contribuyentes. Aquellos ciudadanos que pretendan la devolución de esos saldos comienzan a transitar un tortuoso laberinto burocrático en el que los trámites se suceden y donde no hay ninguna princesa Ariadna que extienda un hilo al que reclama para encontrar la salida de semejante enrollo y confusión. Esos saldos cuando regresan a la gente están licuados por la inflación.
Acerca de esta cuestión, el fallo de la Corte Suprema, en unos de sus párrafos señala severamente a la administración de Herrera Ahuad.
"Si bien la potestad fiscal que asiste a las provincias es una de las bases sobre la que se asienta su autonomía -inconcebible si no pudieran contar con los medios materiales que le permitieran abastecerse-, el límite de esas facultades está dado por la exigencia de que la legislación que dicten al respecto no sea contraria a normas de naturaleza federal o a la propia Constitución Nacional”.