La Cámara Federal confirmó la falta de mérito para dos acusados de haber empapelado un sector de la Ciudad de Buenos Aires con afiches en los que aparecían Mauricio Macri, Patricia Bullrich, María Eugenia Vidal y el ex ministro de Trabajo bonaerense Marcelo Villegas en un fotomontaje con simbología nazi.

Aquella pegatina ocurrió entre los días 15 y 16 de febrero, inmediatamente después de que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) hallara un video en el que, durante el gobierno bonaerense de Vidal, funcionarios de su gabinete, espías y empresarios comparten una reunión en la que se mencionó a una “Gestapo sindical”.LEE: Alberto Fernández le tomó juramento a Scioli: "Necesitamos no perder todo lo bueno que hemos hecho"

El juez Julián Ercolini dispuso la falta de mérito para dos acusados de haber pegado los afiches, dos changarines que dijeron haber cobrado cinco mil pesos cada uno y describieron cómo fueron contactados en la vía pública.

Patricia Bullrich, denunciante y querellante en la causa, apeló la falta de mérito a través de su abogado, Julián Curi. Pero la Cámara, en un fallo firmado por los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens, ratificó la decisión de primera instancia argumentando que restan medidas de prueba, entre ellas las destinadas a “identificar a terceras personas que podrían tener incluso una mayor relevancia en la materialización de los hechos”.

Los afiches mostraban a Macri, Bullrich, Vidal y Villegas “vestidos con uniformes con características del ejército/partido Nazi, junto simbología del mismo –cruz esvástica-, y un mensaje que decía ‘La Gestapro, la Policía secreta que tiene el PRO’”.LEE: El lado B de la jura de Scioli: previa en el despacho presidencial y fuerte presencia de dirigentes de confianza

Bullrich denunció el hecho y calificó los presuntos delitos como “incitar a la violencia colectiva contra las figuras políticas mencionadas y alentar e instar la persecución y el odio hacia un grupo determinado de personas a causa de sus ideas políticas”.

La ex ministra de Seguridad quería el procesamiento de los dos changarines, argumentando que “las medidas de prueba pendientes de producción no se vinculan con la materialidad de los hechos que se atribuyen a los nombrados ni con su intervención en los mismos”, que dio por probada.