La Cámara Federal de Casación aceptó tratar un planteo de la organización de derechos humanos HIJOS contra la decisión del gobierno de Jujuy de realizar obras de reparación y puesta en valor del Cabildo de esa provincia, que funcionó como centro clandestino de detención durante la última dictadura.

HIJOS, junto con la Secretaría de Derechos Humanos  y la fiscalía ante la Cámara Federal de Salta apelaron el fallo que resolvió “autorizar al Gobierno de la provincia de Jujuy a concretar en su totalidad el 'Proyecto de Recuperación y Puesta en Valor del Cabildo Histórico de Jujuy', en sus dos etapas, correspondiendo la primera al Edificio Histórico y la segunda que refiere al predio del Cabildo que no comprende al Edificio declarado como Monumento Histórico”.

Aquella resolución instaba “a las Secretarías de Derechos Humanos de la Nación y de la Provincia de Jujuy y/o entidades estatales dependientes que correspondan, junto a los organismos de Derechos Humanos de la provincia, a que realicen de forma urgente las gestiones pertinentes tendientes a coordinar las reuniones que resulten suficientes para acordar los puntos que se encuentran pendientes relacionados con la ubicación del muro en el que se colocarían los rostros/imágenes de las 144 personas desaparecidas en Jujuy durante la última dictadura cívico militar”.

En un sector del Cabildo de Jujuy funcionó durante la dictadura “el predio denominado CCD Ex Central de Policía/Comando Radioeléctrico/Jefatura de Policía de la Provincia de Jujuy”, explica el fallo.

La fiscalía salteña encabezó la apelación –a la que se sumaron HIJOS y la Secretaría de Derechos Humanos- explicando que el fallo que autorizaba las obras en el lugar “convalida la afectación del derecho a la verdad, a la garantía de no repetición y no asegura la reparación integral de las víctimas del Terrorismo de Estado, al autorizar el avance de obras que implican la destrucción de un Sitio de Memoria”.

“La reconstrucción del Cabildo Histórico ocasiona un incumplimiento de la ley nacional de Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado. Al haber funcionado dicho lugar como un punto neurálgico de represión durante la dictadura, habría perdido el carácter de Cabildo Histórico para ser reconocido como Sitio de Memoria”, sostuvo la apelación.

Los reclamantes pidieron “que las reformas pretendidas y su mantenimiento deben hacerse obligatoriamente bajo el control de autoridad de aplicación de dicha norma”.

La Cámara de Salta rechazó la apelación, pero ahora la Cámara de Casación (el máximo tribunal penal del país), por mayoría, resolvió hacer lugar al planteo y analizar el fondo de la cuestión.

Los jueces Alejandro Slokar y Gustavo Hornos coincidieron en que “se han invocado cuestiones de naturaleza federal que permiten habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia”.

“Corresponde habilitar la vía de hecho deducida y conceder el remedio de casación oportunamente incoado”, aceptaron.

El tercer juez del tribunal, Javier Carbajo, votó en disidencia.