Reabren causa por presunto lavado en la compra de un yate por parte de Sergio Schoklender
Se trata de la embarcación Nativo, de más de diez metros de largo, cuya propiedad es atribuida a Schoklender y a su ex mujer Viviana Sala.
La Cámara Federal porteña reabrió una investigación por presunto lavado de activos mediante la compra de una embarcación atribuida a Sergio Schoklender en el marco de la Causa Sueños Compartidos.
Se trata de una derivación del mega expediente en el que lo hermanos Schoklender están acusados por estafas múltiples contra el Estado Nacional a través de la construcción de viviendas sociales a través de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.
En el caso puntual, se trata de la embarcación Nativo, de más de diez metros de largo, cuya propiedad es atribuida a Schoklender y a su ex mujer Viviana Sala.
Sin embargo, en el expediente se presentó un particular que dijo haber comprado la embarcación en 2007 y lo registró a su nombre al año siguiente.
La fiscal Paloma Ochoa le imputó la presunta participación en una maniobra de “lavado”, pero el juez Marcelo Martínez de Giorgi lo desvinculó de la causa dictando su sobreseimiento.
Ahora, la Cámara Federal –en un fallo firmado por los jueces Pablo Bertuzzi, Mariano Llorens y Leopoldo Bruglia- revocó el sobreseimiento y ordenó profundizar la investigación sobre toda la operatoria.
“No pasa inadvertido que el propio vendedor afirmó en sede judicial habérselo vendido a Schoklender, quien no sólo contaba con una autorización para su uso, sino que además lo habría retirado del complejo náutico donde lo guardaban en más de una oportunidad”, sostiene el fallo.
“Ante la naturaleza del delito investigado y quedando aún ciertas aristas por explorar, estimamos conducente que se realicen las medidas necesarias a fin de individualizar a las personas que estuvieron presentes al momento de la firma del acta notarial” con la que el particular pretende acreditar que es el verdadero dueño de la embarcación.
El fallo dispone, además, que “se profundice el legajo en relación a la solvencia económica del imputado para afrontar y justificar la operación, luciendo pertinente a dichos efectos ahondar sobre su situación patrimonial a la época de los hechos y establecer la trazabilidad del dinero utilizado”.