ANSES: Paso a paso para nombrar apoderado a un familiar
Ser mayor de 18 años es el requisito principal para poder calificar al trámite.
“Si necesitas que otra persona haga trámites o cobre tu jubilación o pensión en tu nombre, podes designarla como apoderada”, reza un texto en las historias de las redes sociales de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). Para eso, el organismo público emitió una serie de placas en Instagram con el mensaje conciso y claro, pero que, también se pueden ver y consultar directamente en las dependencias de la ANSES en cada municipio del país donde recibirán asesoramiento y serán acompañados en los pasos a seguir para la realización de este, como de cada uno de los trámites que el afiliado debe realizar.
Por eso, para nombrar a un familiar como apoderado, la ANSES emitió tales informaciones a fin de que las personas puedan conocer el método del proceso y así, poder acceder al beneficio que es de ayuda para miles de argentinos.
Conocer este tipo de datos además colabora en la salud de las personas que por diversas razones no pueden movilizarse y, dándole un poder a un familiar puede ser receptivo de los beneficios y derechos que le otorga la ley.
Para ello, el titular (jubilado - pensionado) de ANSES debe escoger a una persona de su confianza para dar curso al trámite en cada paso que pide el organismo y así avanzar.
¿Cuáles son los pasos a seguir para nombrar a un apoderado?
Una vez que la persona definió a su futuro apoderado de confianza, las dos personas, es decir, el titular y el familiar deben concurrir a las oficinas más cercanas de la ANSES a su domicilio para comenzar con la gestión del trámite.
Luego y antes de ir, otro dato importante que ahorra tiempo y agiliza el pedido y concreción del mismo es, concurrir a la oficina una vez que tengan el turno previo.
Y una vez con el turno, acercarse a la dependencia de la ANSES la fecha y hora recibida por el sistema, acompañada por la documentación requerida.
¿Cualquier persona puede ser apoderado?
No. En primer lugar, tiene que ser mayor de 18 años. En el caso de que sea menor, este debe estar emancipado. Y, hay dos tipos de apoderados:
Para el trámite
Familiar
- Cónyuge.
- Conviviente.
- Previsional.
- Madre.
- Padre.
- Abuelo.
- Bisabuelo.
- Hijo.
- Nieto.
- Bisnieto.
- Tío.
- Primo.
- Hermano.
- Sobrino.
- Yerno.
- Nuera.
- Madrastra/padrastro.
- Suegro.
- Hijastro.
- Cuñado.
- Tutor o curador.
- Abogado o gestor.
- Representante diplomático o consular.
Para el cobro
Familiar
- Cónyuge.
- Conviviente previsional.
- Madre/padre.
- Abuelo.
- Bisabuelo.
- Hijo.
- Nieto.
- Bisnieto.
- Tío.
- Primo.
- Hermano.
- Sobrino.
- Yerno.
- Nuera.
- Madrastra/padrastro.
- Suegro.
- Hijastro.
- Cuñado.
Un banco para el cobro de la jubilación o pensión si la persona reside en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco Nación, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia SA, Credicoop, Cooperativo Ltdo., Banco Piano SA y Banco Comafi SA.
- Entidad pública nacional, provincial o municipal.
- Director o administrador de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados (para personas internadas en la institución).
- Representante especial por tiempo determinado, cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
- Mutual o institución de asistencia social.
- Abogado o procurador con poder certificado ante escribano.
Documentación requerida para realizar el trámite de apoderado: varía según cada caso
- Familiar: DNI y documentación que acredite parentesco.
- Conviviente Previsional: la persona tiene que tener acreditada la relación como conviviente previsional.
- Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmado y sellado por autoridad bancaria.
- Tutor/medida de Abrigo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
- Curador/Apoyo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador y en la misma se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
- Abogado: credencial vigente.
Una vez reunida toda la documentación, se debe sacar el turno ingresando a https://servicioswww.anses.gob.ar/turnosinternet/solicitur/ingresosolicitud?idprest=48 y seguir los pasos establecidos en el link.