El Concejo Deliberante de la localidad entrerriana de Gilbert decidió extenderle la licencia como intendente de dicho lugar a Fabián Constantino, quien fuera condenado a prisión por el abuso sexual de tres mujeres. 

La decisión del cuerpo es porque la sentencia reciente contra el ex intendente no está firme, y es sin goce de sueldo pues hasta recién Constantino seguía percibiendo el salario como jefe municipal de Gilbert.

Constantino fue condenado a 14 años y 6 meses de prisión por triple abuso sexual por denuncias que lo llevaron a la prisión aunque el Tribunal de Gualeguaychú determinó que esté detenido en su casa con tobillera electrónica. 

El primer hecho denunciado fue el de Luján. Ella era secretaria de prensa del Municipio de Gilbert y tenía la oficina al lado del Intendente. Entre los meses de febrero del 2021 y junio del mismo año, él abusó en su despacho de ella aplicando violencia de género laboral, o sea la amenazaba con despedirla si hablaba. 

El segundo hecho fue el que sufrió Verónica, estaba casada con el sobrino del Intendente quien además trabajaba en el Municipio. Constantino en una oportunidad se ofreció a llevarla a su lugar de trabajo y se desvió del camino, para forzarla y violarla, según la denuncia hecha y por lo cual fue condenado. 

Norma es la primera de las tres víctimas en sufrir el acoso sexual. Fue en 2019 cuando Constantino era comerciante y si bien había ganado las elecciones a Intendente quedaban aún meses para asumir su cargo.

Además de comerciante Constantino en ese momento era Director de Cultura y organizó la entrega de vestimenta para lo que iba a ser poco después la celebración del Día de la Tradición en Gilbert.

Norma fue a retirar su vestido a ese local y fue recibida por Constantino quien primero se mostró muy amable, la invitó a pasar adentro del local, y una vez allí abusó de ella sexualmente. 

“Los testimonios de Norma, María Luján y Verónica en el amplísimo contexto probatorio producido durante el debate, permiten concluir sobre la sinceridad, veracidad y verosimilitud que tales relatos han presentado en lo que hace específicamente a los aspectos fácticos que permiten recrear la materialidad de los hechos atribuidos y de la participación en los mismos del acusado”, señaló el Tribunal.