El titular de la Fiscalía Federal de Primera Instancia N° 2 de Santa Fe, Walter Rodríguez, solicitó que se indemnice a la familia de Natalia Acosta, la joven de 19 años que está desaparecida desde mayo de 2009.

El fiscal consideró que en el caso rige el principio del resarcimiento de los daños con una reparación plena o integral, y que el tribunal debe incluir en su valoración los valores de "pérdida de chance" y el daño "al proyecto de vida" en el daño resarcible, debido a que en diciembre de 2021, luego de la muerte del único procesado, se había solicitado el archivo de la causa, la reparación económica a la familia y que continuase la búsqueda.

Natalia Acosta fue vista por última vez el 29 de mayo de 2009 en Santa Fe, y ese mismo día, su padre denunció ante la policía su desaparición, que dio intervención a un juzgado de instrucción que caratuló la investigación como "paradero".

LEE: Bahía Blanca: un hombre mató a su nieto tras una discusión familiar y fue liberado Para el fiscal Rodríguez, esta denominación "esconde en realidad el carácter pasivo del rol del Estado en materia de desapariciones físicas bajo el cual impregnó su accionar en el caso", ya que durante todo ese tiempo no se practicaron medidas que hubieran sido claves en el esclarecimiento del caso.

Además, el fiscal destacó que durante esa instancia, los tres allanamientos ordenados fueron precedidos por información suministrada por la familia de la víctima, y que el juez a cargo de la causa recién dispuso la formal apertura de la instrucción el 3 de julio de 2009, a instancias de un escrito presentado por la por entonces titular de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe. Sin embargo, para el fiscal, esto no trajo aparejado "un cambio sustancial en la modalidad de trabajo del tribunal".

Según publicó el portal Fiscales.gob.ar, el 13 de julio de 2009, Ariel Acosta y María Cristina Balán, padre y madre de la víctima, dejaron asentado por escrito su preocupación al considerar "que la causa no avanza a pesar de aportar datos para la investigación y tenemos temor de lo que pueda suceder a nuestra hija".

Para ese entonces, ya habían interpuesto una denuncia ante el juzgado federal de turno en relación al delito de trata de personas "ante la falta de respuestas por parte de la policía y juez interviniente", de acuerdo a sus propias palabras.

El 18 de junio de 2021, una resolución judicial acogió favorablemente "la reparación que corresponda a la víctima del delito de trata, en orden al derrotero de la investigación", y dio intervención al Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, para que con la utilización de los recursos del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata se cubriese esta situación de forma prioritaria.

El 9 de noviembre de ese mismo año, Carmela Acosta, hermana de Natalia, solicitó se la tuviera como víctima de los hechos investigados y se le reconociera el derecho a una reparación.

LEE: Robo en primera persona: filmaba un video con su pareja y captó que los asaltaban motochorrosEn su prestación sostuvo que padeció un profundo sufrimiento por la desaparición de su hermana mayor, y destacó el vínculo que las unía; además contó que su hermana siempre quiso que su vida tuviera un destino distinto al de ella, que su deseo era que pudiera estudiar y la alentaba a tener un futuro mejor.

La mujer también remarcó que, desde la desaparición de su hermana, su familia se desmoronó ya que sus padres sufrieron mucho y durante más de diez años se dedicó a la contención y acompañamiento de su madre, quien finalmente falleció sin poder saber la verdad sobre el caso.

El 29 de diciembre de 2021, el juzgado resolvió reconocer a Carmela Acosta el carácter de víctima indirecta, y puso en conocimiento del juzgado interviniente que la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas del MPF había elaborado pautas para hacer el cálculo de las reparaciones en situaciones similares a este caso, en las que se consideran distintos factores tales como fecha o período de explotación sexual, monto de "pases", jornadas "laborales", condiciones del lugar y las resoluciones determinantes del expediente.