El Certificado Único de Discapacidad, también conocido como CUD, da derecho a quienes lo obtienen a prestaciones tales como medicamentos gratuitos, subsidios en servicios públicos, tratamientos médicos, rehabilitaciones, apoyos educativos, prótesis, etc., así como acceso gratuito al transporte público Nacional de corta, mediana y larga distancia en trenes, subtes, colectivos y micros

Y es Símbolo Internacional de Acceso para tener libre tránsito y estacionamiento.

En Argentina, la pensión por discapacidad para 2024 es de $234.178,16, de los cuales $164.178,16 son el monto base y $70.000 son un bono adicional.

El trámite del Certificado Único de Discapacidad requiere tener la aplicación móvil Mi Argentina, y a partir de ahí se sigue el siguiente paso a paso. Foto: Agencia Noticias Argentinas.

Durante muchos años se lo tramitaba en gran parte de manera presencial, y esto significaba un gran problema para muchos de sus beneficiarios, ya que se trata de personas que tienen alguna deficiencia motriz, sensorial, intelectual o mental y que no pueden participar en igualdad de condiciones en la sociedad.

Con el correr de los años y el advenimiento de la tecnología, muchos trámites comenzaron a realizarse de manera digital y ahora se puede pedir o solicitar online.

Solicitar el Certificado Único de Discapacidad es gratuito, o sea, nadie debe cobrar nada.

Retiro del carné o la denegatoria

El documento o la denegatoria pueden ser retirados por cualquier persona mayor de 18, con la presentación del documento original en el lugar donde se hizo la evaluación, en la fecha que sea indicada.

El trámite del Certificado Único de Discapacidad requiere tener la aplicación móvil Mi Argentina, y a partir de ahí se sigue el siguiente paso a paso:

Ingresar a la aplicación o página web de Mi Argentina con CUIL y contraseña.
Luego seleccionar la opción "Mis Documentos". Pueden ser pedidos certificados médicos, informes, planillas, estudios complementarios, etc.
Elegir el recuadro donde dice "Mi Salud". Desde allí acceder al Certificado Único de Discapacidad.

Coexistencia de papel y digital

Desde la página web del Gobierno de la Nación remarcan que el Certificado Único de Discapacidad en formato digital coexistirá con el documento papel, y que continuarán entregando todas las Juntas Evaluadoras de Discapacidad del país.

El CUD digital será generado automáticamente para aquellas personas mayores de 13 años, con CUD, que posean un perfil digital del ciudadano en Mi Argentina y hayan validado su identidad.

Gerencia de Gestión Asistencial

El afiliado/a deberá estar registrado/a en la autogestión de Unión Personal para acceder a la plataforma digital y cargar la documentación.

En el apartado Descargas se encuentra el Instructivo con los requisitos para la presentación año 2025 de la documentación y sus anexos según Resolución 1743/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Todas las solicitudes del año 2025 serán evaluadas de acuerdo a la Resolución 1743/2024 Salud. 

Tanto en el caso de continuidad, inicio, ampliación y modificación sólo podrán comenzar los tratamientos prescriptos si tienen la autorización emitida por la Obra Social, luego de haber presentado la documentación completa a los fines de la auditoría por parte del Equipo Interdisciplinario.

El comienzo de las prestaciones sin autorización previa resulta responsabilidad del prestador/a y del afiliado/a titular y no obliga a la Obra Social a cubrir las mismas.

Obra social

En concordancia con lo sugerido por la Superintendencia de Servicios de Salud, el Equipo Interdisciplinario de la Obra Social tendrá la potestad, si correspondiera, de realizar evaluaciones de seguimiento sobre los tratamientos autorizados.

Sólo se autorizarán trámites con la documentación completa según el presente instructivo.

  • Se deberá presentar el esquema terapéutico completo para su evaluación por el Equipo Interdisciplinario. Caso contrario, el esquema prestacional autorizado será pasible de una reevaluación integral.
  • Toda la documentación requerida se encuentra sujeta a rectificación de acuerdo a eventuales modificaciones de la normativa vigente de la Superintendencia de Servicios de Salud u otro organismo competente.
  • La cobertura por discapacidad se otorgará a partir del año de edad.
  • Unicamente se dará cobertura a las prestaciones que se encuentren contempladas en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.