El desasosiego que siente el alma de un automovilista cuando se observa el espacio vacío donde dejó estacionado su auto se produce porque lo primero que se suele pensar, en esta Argentina insegura, es ¡me robaron el coche!

Sin embargo, cierta calma llega al espíritu cuando el conductor en busca de explicación del posible hurto encuentra una leyenda adosada al piso donde se lee una prolija esquela que, tuteando al supuesto infractor, explica “tu vehículo estaba mal estacionado y fue removido” y se agrega la “chapa” o patente de la “macchina” en cuestión.

Desde luego que para rescatarlo, el cartel pegado al piso continúa indicando, de manera coloquial, casi amistosa, “Retiralo en la playa de acarreo en…” y “presentate con cédula verde o azul, licencia de conducir y seguro o póliza al día”.

Lo que no dice el sticker es la cantidad de dinero con la que el ciudadano debe concurrir a la playa de acarreo. Los cargos por estacionamiento o detención prohibida ascienden a $3.900 y el acarreo por el vehículo trasladado por una de las 12 grúas que posee cada una de las dos concesionarias asciende a $4.350.

A pesar del valor relativo de la moneda lo cierto es que en un contexto de alza constante del costo de vida, de escasos ingresos y de malhumor social creciente, no es fácil para el porteño o bonaerense con ingresos medios reunir esa cifra total que asciende a $8.250.

Ahora bien, el susto inicial por la desaparición física del automotor cambia en preocupación por el “agujero” que le produce en el bolsillo al dueño del auto en su lucha por llegar a fin de mes, al menos en el 75% de los casos consultados por NA.

Algunos de los cuales son realmente dramáticos. Alberto Irizar afirmó, casi llorando, frente al cartel pegado en el piso en Tacuarí al 1200. “Vine a hacer una entrega rápida de ropa vendida por internet. El cartel vertical de prohibido estacionar no está por ningún lado y no tengo un mango partido al medio para sacar el auto. Lo tengo que dejar hasta el lunes que consiga alguien que me preste la plata”.

Hay otros casos en los que reunido el dinero para sacar al auto de las playas de acarreo, la bronca por perder esa suma rápidamente, muta en indignación con consecuencias palpables en la presión sanguínea si se pudiera realizar un examen en esos momentos.

Son los segundos en los que se comprueba que la grúa abolló el auto, lo rayó o rompió alguna de sus partes visibles durante el acarreo que usualmente se produce a velocidades que limitan con una urgencia médica.

Una urgencia que se explica en términos de dinero. Las empresas cobran por auto acarreado y no un canon fijo por el servicio.  Mientras continúe este sistema no parece muy lógico aguardar por resultados diferentes a los que se suelen leer en los libros de quejas.

Muchas quejas son por el estado en el que reciben sus autos cuándo los  sacan de las playas, sostienen en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, https://defensoria.org.ar/

“Otras quejas son por las demarcaciones de las líneas amarillas que advierten a los automovilistas que en esos lugares no se puede estacionar. Mucha gente mayor de 65 años, que no se trasladan en bicicletas o motos, vienen con quejas porque los carteles verticales de prohibido estacionar no suelen estar muy visibles. Y, a veces hay que ver si no hay líneas amarillas pero, también, si no hay un cartel advirtiendo que en esa cuadra no se  puede estacionar. Hay como una necesidad recaudatoria y las empresas de acarreo no perdonan a nadie”.

Los que conducen las grúas no lo hacen solos los acompañan inspectores de tránsito que levantan la infracción. En la secretaría de transporte y obras públicas de la Ciudad que conduce Manuela López Menéndez afirman que “la mayoría de los acarreos y multas son correctas y las quejas pasan por temas del pintado de amarillo de los cordones y los carteles verticales que indiquen de forma clara y precisa la prohibición de estacionar. El agente de tránsito que acompaña a los conductores de las grúas tiene que mostrarle una foto al infractor para verificas su falta”.

Si bien la mayoría de los acarreos pueden ser correctos y se puede probar la infracción no se entiende el maltrato de los automóviles al ser acarreados.

Voceros del gobierno de la Ciudad explicaron “estamos controlando estos hechos y si se constatan roturas en los autos y excesos de velocidad en las calles, el Gobierno de la Ciudad apercibe a la concesionaria que termina por sancionar al trabajador que maneja la grúa”.

De esta manera el hilo se corta por lo más delgado porque la suspensión y hasta despido justificado del conductor de la grúa puede  obedecer a una necesidad de facturación de la propia empresa que lo contrata teniendo en cuenta que cobran por acarreo y no un canon fijo.

Mientras que en las oficinas del Gobierno de la Ciudad  prometen que habrá una licitación en las próximas semanas para corregir este hecho y lograr que el sistema medido llegue a más barrios de la Ciudad, cuestión que se dilata desde hace 7 años por protestas judiciales. En la sede del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran los únicos funcionarios que han logrado fallos a favor de los dueños de autos dañados por el acarreo.

En esta oficina se explica que actualmente el estacionamiento medido “tarifado funciona mediante 123 máquinas tickeadoras, que operan de lunes a viernes de 08 a 21 hs. y los sábados de 08 a 13 hs. Los domingos los espacios son gratuitos”. En el sitio web se detalla un mapa donde se encuentran emplazadas las tickeadoras y se detallan las empresas prestadoras que prestan el servicio de grúas.

Son cuatro compañías, Dakota, del empresario paraguayo Reynaldo Niella y su socio Marcelo Daniel Violante, que tienen el servicio en la zona norte de la CABA, desde la década del ’90 cuando no existía la figura del Jefe de Gobierno de la Ciudad.

Dakota opera con las empresa STO grúas zona norte, que tiene el contrato caído desde el año 2001, y acarrea autos desde la calle Viamonte hacia el norte de la Capital.

Mientras que BRD y las 12 grúas de SEC trabajan desde Viamonte hacia la zona sur del micro y macrocentro.

Esta división de las operaciones entre las empresas se debe a que en noviembre de 2020 se aprobó la ley 6.353/20, que separa los servicios de estacionamiento medido y acarreo. ​Y en enero de este año se firmó el contrato para renovar el estacionamiento medido y que se pueda pagar a través de una aplicación.

El ordenamiento vehicular definitivo no tiene fecha de caducidad. Se viene prometiendo pero la secretaría de Transporte continúa firmando prórrogas para que estas empresas continúen prestando servicios con un mínimo de legalidad.

En noviembre de 2020 esta oficina, que conducía  Juan José Méndez, suspendió la licitación pública a la que se habían presentado las empresas Plein Air Park, IT NET-Tránsito Rosario, Dakota y BRD, estas dos últimas las que controlan el servicio de acarreo de los autos mal estacionados con contratos vencidos desde 2001.

Y, se espera que para junio, exista un nuevo proyecto ordenador de todo el sistema.

Mientras tanto las quejas se suceden, la ciudad expulsa a los automovilistas, los titulares de garages no están conformes con casi nada de lo que ocurre  y el Ente de la Ciudad se ha convertido en uno de los pocos refugios que tienen los automovilistas cuando deben realizar un reclamo.

De hecho pueden mostrar que la Justicia local terminó fallando a favor de una demanda por daños en un auto mal acarreado.

En septiembre de 2021, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó una resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos que ordenó indemnizar a un usuario por acarreo defectuoso.

El Diario Judicial detalló que “se trata del reclamo de una de las firmas que opera grúas en la Ciudad contra la resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos, en la cual se hizo lugar al reclamo de un conductor y ordenó abonarle más de 37 mil pesos por los daños que habría sufrido su vehículo en ocasión de su acarreo a una playa de infractores. El hombre denunció que su auto fue acarreado del lugar en el que se encontraba estacionado por hallarse en infracción. La firma recibió el caso en su sistema y realizó la operatoria de remoción del rodado. Tras pagar el importe correspondiente, el denunciante retiró el auto y luego volvió a presentarse en las oficinas para efectuar una denuncia por daños ocasionados al vehículo. Detalló que como consecuencia del acarreo el rodado presentaba golpes en los guardabarros delantero y trasero izquierdos”.

El Ente alegó que “poseía la especialización técnica, independencia e imparcialidad necesarias para actuar mediando entre los intereses del usuario y la concesionaria y como autoridad de aplicación local de la Ley de Defensa del Consumidor, aplicando al caso la figura del daño directo establecida en el artículo 40 bis”. También afirmó que BRD “no había prestado el debido cuidado a la hora de proceder al acarreo, estacionamiento y depósito del automóvil”, ocasionando “daños materiales resarcibles, susceptibles de apreciación pecuniaria”.

Los jueces Fernando Juan Lima y Mariana Díaz explicaron que el acto dictado por el Ente “versó sobre los daños reclamados por el consumidor, los cuales encuadran dentro de las previsiones de lo estipulado en el artículo 40 bis de la a Ley de Defensa del Consumidor”.

Por ahora, se trata de uno de los pocos recursos existentes para no convertirse en un “bombita” Darín de la ficción o lo que es peor en un caso real de violencia espontánea.

Porque como sostenía Oscar Wilde, “la naturaleza imita al arte”, y el 8 de enero de 2016, un hombre estalló de furia en la playa de estacionamiento a la que llevaron su vehículo. Luego de reclamar por la infracción con gritos e insultos, destrozó dos garitas con un fierro. Sería bueno que los  agentes de tránsito comprendieran que el horno no está para bollos.