Entre Ríos: la Justicia confirmó la condena por abuso sexual contra un ex intendente
Ahora Fabián Constantino deberá cumplir su pena de 14 años y seis meses de prisión en la cárcel.
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena por abuso sexual contra el ex intendente de la localidad de Gilbert en Entre Ríos, Fabián Constantino, y ahora deberá cumplir su pena en la cárcel.
En marzo de 2023 el Tribunal de Juicio y Apelaciones de la ciudad de Gualeguaychú lo había condenado a 14 años y seis meses de prisión, pero determinaron que esté detenido en su casa con tobillera electrónica. Aun así, ante el rechazo del Tribunal Superior, ahora deberá estar alojado en una cárcel.
Como era de esperarse, el abogado de Constantino apeló la condena y a fines de agosto del año pasado la Cámara de Casación Penal, integrada por los vocales María del Luján Giorgio y María Evangelina Bruzzo y Darío Gustavo Perroud, lo rechazó.
El medio Uno de Entre Ríos señala que a principios de abril de 2024, la Sala Penal del STJ “rechazó la impugnación extraordinaria interpuesta por los defensores del ex intendente, contra la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal”.
Ante la falta de conocimiento sobre el futuro procesal del acusado, los abogados presentaron un nuevo recurso extraordinario federal para que el caso sea enviado a la Corte Suprema de Justicia.
Sin embargo, este martes la Sala Penal del Superior Tribunal lo denegó y de esta manera confirmó la pena establecida por los vocales Arturo Dumón, Alicia Vivian y Mauricio Derudi.
Constantino fue acusado de los tres hechos que denunciaron tres mujeres. Durante los alegatos la fiscal Martina Cedrés había pedido la pena de 15 años en tanto que la querella a cargo de Juan Ignacio Weimberg la pena de 22 años.
“Los testimonios de Norma, María Luján y Verónica en el amplísimo contexto probatorio producido durante el debate, permiten concluir sobre la sinceridad, veracidad y verosimilitud que tales relatos han presentado en lo que hace específicamente a los aspectos fácticos que permiten recrear la materialidad de los hechos atribuidos y de la participación en los mismos del acusado”, señaló el Tribunal.