Corrientes: le prohibieron asistir a eventos y tener licencia de conducir por no establecer un régimen de visitas a sus hijos
El fallo destacó que dicho esquema afectaba la estabilidad emocional de los menores, especialmente de la hija adolescente que tiene síndrome de Down.
Por dictamen de la Justicia, un hombre tiene prohibido asistir a eventos y tener licencia de conducir por no establecer un régimen de visitas a sus hijos.
El hecho sucedió en la provincia de Corrientes, en donde el padre alegó que sus turnos rotativos en el comercio, incluidos los domingos, no le permitían prever un horario fijo de visitas. Aunque la jueza que intervino subrayó que esta situación no justificaba que el señor impusiera su disponibilidad sin tener en cuenta las necesidades de los niños ni las obligaciones de la madre, quien también cumple un horario laboral similar.
Asimismo, el pasado jueves, el Poder Judicial informó la decisión de la jueza de Familia, Niñez y Adolescencia N°1 de Goya de no establecer un régimen de visitas a favor del padre que solicitaba un esquema de comunicación "amplio y flexible" con sus tres hijos, organizándolo a su modo.
Según medios correntinos, el fallo destacó que dicho esquema afectaba la estabilidad emocional de los menores, especialmente de la hija adolescente que tiene síndrome de Down.
Además, el pedido del padre no traía soluciones a la madre sino que generaba incertidumbre para los niños y sobrecargaba a la madre.
Por otro lado, en este caso también declararon los niños quienes expresaron su deseo de ver a su padre, pero resaltaron la incomodidad generada por la falta de previsión en las visitas.
En este sentido, la jueza Racigh tomó medidas adicionales y ordenó la inhabilitación temporal de su carnet de conducir y le prohibió el acceso a eventos públicos hasta que presente un plan adecuado para la vinculación con sus hijos. Asimismo, se le impuso el pago de los gastos administrativos del juicio.
Además, señaló que insistir en un esquema "amplio y flexible" sin ofrecer alternativas claras, como horarios para llamadas telefónicas o video-llamadas, sólo perpetuaba el conflicto familiar y generaba más cargas para la madre.
Por último, Racigh advirtió al abogado del padre sobre el uso inapropiado del lenguaje, al referirse a los hijos como "menores", y recordó la importancia de priorizar el bienestar de los niños sobre los intereses personales de los padres en este tipo de casos.