Un grupo de vecinos de un barrio de Quilmes podrán ser querellantes en una causa penal en la que se investiga a un frigorífico ubicado en ese partido bonaerense por contaminación ambiental, tras la decisión de la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que revocó una resolución del juez federal de Quilmes.

En el fallo, el tribunal integrado por los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, y según publicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, se destacó que "la resolución apelada era un obstáculo en el acceso a la justicia y ponderó la especial característica de casos donde se tutela el derecho de las personas al medio ambiente sano".

La resolución fue impulsada por los querellantes, quienes contaron tanto en primera instancia como ante el tribunal de alzada con el acompañamiento de la fiscal federal de Quilmes, Silvia Cavallo, y del fiscal general subrogante Diego Iglesias.

Los y las presentantes de la denuncia son vecinos y vecinas del barrio "15 de Diciembre" y a partir de ahora unificarán su personería procesal junto al sacerdote Eduardo de la Serna.

El barrio se encuentra emplazado dentro del polígono conformado por la avenida Lamadrid, el arroyo San Francisco, el arroyo Las Piedras y la calle La Rioja de Quilmes Oeste. El predio es lindante a los piletones de la firma American Meat Company - AMT Sud S.A (ex Frigorífico Penta), con sede en Camino General Belgrano 11.500, de Bernal Oeste, tiene unos 365 lotes y viven en él unas 350 familias, aproximadamente.

Según se informó, el juez de primera instancia había rechazado la presentación de las y los vecinos basado en aspectos formales, como la falta de una descripción correcta del hecho y la individualización de imputados.

Por su parte, la Fiscalía Federal de Quilmes indicó que la constitución de la querella es ajena a las facultades del MPF, pero expresó que "teniendo en consideración la nueva normativa en materia de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos (ley 27.372) se les confiere a los aquí denunciantes amplias facultades en el proceso".

Mientras que ante la Cámara Federal, el fiscal Iglesias adhirió al recurso de los pretensos querellantes, y recordó la obligación del MPF de procurar el acceso a la justicia de todos los habitantes, en particular de quienes se encuentran en estado de vulnerabilidad, teniendo en cuenta la Resolución PGN 58/09 que adhiere a las "Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad".

La causa se inició en febrero del año pasado por parte del Juzgado Federal, en el marco del caso "De la Serna y otros c/ AySA S.A s/amparo" y se ordenó la apertura de una investigación penal a la firma American Meat Company - AMT Sud S.A. por la presunta comisión de delitos previstos y reprimidos en la ley 24.051, de Residuos Peligrosos.

En la denuncia, se indicó que la firma AMT Sud S.A., que funciona en instalaciones del ex frigorífico Penta, se encontraba vertiendo desechos líquidos industriales desde sus "piletones" y que esos desechos estaban filtrando a las napas, provocando la consecuente contaminación del agua que consumen una parte de quienes viven en el barrio.

En esa oportunidad, refirieron que “mediante una cañería soterrada que cruza por debajo de la Avenida Lamadrid, desde la empresa, descartan todos los desechos de producción sobre terrenos inundables al interior de nuestro Barrio Popular, para luego por exclusas que se manejan con dominio absoluto de los signados, vuelcan esos desechos al arroyo de recorrido interjurisdiccional, denominado San Francisco".

Actualmente se encuentran imputados en la causa el presidente y un director de la empresa.