Caduca la ley para solicitar el pasaporte español: hasta cuándo se puede realizar el trámite
Todos los argentinos con un árbol genealógico comprobado están en condiciones de aplicar.
Una importante ley que sacó España en 2022, y que le está permitiendo a muchos argentinos obtener el pasaporte español, está por caducar y por eso se están generando largas colas en el consulado español de Buenos Aires.
Se trata de la famosa Ley de Nietos que, según anunció el Gobierno ibérico, estará disponible hasta octubre de 2025 y ya son más de 80 los nietos que tramitan el pasaporte por día en Buenos Aires.
Hijos y nietos de españoles están habilitados para realizar los trámites de la ciudadanía española. La norma viene a reparar la cadena de transmisión de nacionalidad de padres a hijos que se había roto durante la Guerra Civil Española y la dictadura franquista.
Ya son más de 300 mil los argentinos que pidieron la solicitud desde que en el año 2022 el gobierno europeo votó, reglamentó y puso en marcha la norma. Los datos son oficiales pertenecientes al Consulado General de España.
Argentina es el país latinoamericano que más pedidos viene realizando liderando la región con 7.119 casos.
El trámite es largo, tarda alrededor de seis meses, pero, miles de jóvenes argentinos están dispuestos a la espera, ya que, desde España continúan con la búsqueda de argentinos, sin experiencia, para vivir y trabajar del otro lado del océano. Esto se realiza a través de las Visas Working Holidays.
Otro dato sobresaliente es que con este trámite ingresan al país europeo de manera oficial pudiendo acceder a trabajos legales y confiables.
El idioma y costumbres similares son los atractivos primordiales para los argentinos, pero también la gran oferta cultural invitan a vivir en la Madre Patria.
Y en cuanto a lo económico, es importante que los argentinos sepan que se les brindará un sueldo inicial de entre 200 y 300 euros mensuales, más alojamiento y comida, libre de gastos.
Quiénes aplican para obtener la ciudadanía española en la Argentina
- Supuesto 1A: Los nacidos fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela sean o hayan sido originariamente españoles.
- Supuesto 1B: Los nacidos fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela hubiesen perdido o renunciado a la nacionalidad española por causa del exilio.
- Supuesto 2: Los nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con un ciudadano extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
- Supuesto 3. Los hijos e hijas de quienes optaron a la nacionalidad española en virtud de la Ley de la Memoria Histórica 52/2007 o en virtud de esta Ley de Nietos.
- Supuesto 4. Las personas que, siendo hijos/as de padre o madre originariamente español puedan volverse de origen habiendo obtenido la nacionalidad a través del art. 20.1 a) y 20.1.b de C.c.
Los documentos necesarios para obtener la ciudadanía española
- Documento que acredite la identidad del solicitante.
- Certificación literal de nacimiento del solicitante, expedida por el Registro Civil local en que conste.
- Certificación literal española de nacimiento del padre o de la madre de los solicitantes mayores de edad que opten a la nacionalidad española (para hijos de nacionalizados mediante la Ley de 2007 o la de 2022 en caso de presentarse ante un Registro Civil diferente al de los progenitores).
- El acta de opción por la nacionalidad española.
- Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
- Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil del país de origen, legalizada y con apostilla de La Haya.
- Acta de matrimonio o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- Documento de identidad nacional del progenitor español.
- Documento de identidad nacional del interesado.
- En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo del trámite junto con la partida de nacimiento del adoptado.