Por Néstor Espósito

La Cámara de Casación absolvió a una mujer que fue sorprendida transportando como “mula” casi un kilo de cocaína porque entendió que actuó bajo un estado de extrema vulnerabilidad pues se trata de una mujer sola en un contexto de violencia de género que debía operar de urgencia a su hija, de sólo dos años de edad.

El fallo confirmó una decisión de primera instancia adoptada por un tribunal oral federal de Jujuy, que había sido resistida por las demás instancias judiciales que, incluso, llegaron a revocar la absolución y transformarla en condena porque consideró que no estaba demostrado el estado de necesidad de la mujer, madre además de otro niño de corta edad.

El fallo absolutorio fue firmado ahora por un tribunal unipersonal integrado por la jueza Ángela Ledesma, una de las dos que le pidió la renuncia al cargo de presidente de la Cámara a Gustavo Hornos, a raíz de sus reuniones con el ex presidente Mauricio Macri en fechas coincidentes con fallos que confirmaron procesamientos y embargos contra la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

“Nos encontramos ante un supuesto de especial vulnerabilidad de la mujer en un contexto de violencia de género y necesidad económica”, explicó la jueza Ledesma.

La acusada está “a cargo de la manutención, cuidado y contención emocional de sus dos hijos menores de edad, en un contexto de violencia de género, sin trabajo formal ni obra social y sin estudios secundarios completos”, explica la resolución.

En ese escenario, la acusada “se encontraba angustiada por la salud de su hija y la imposibilidad económica de hacer frente a la cirugía que el médico le prescribió con urgencia, así como la presión que recaía sobre ella por ser el principal sostén económico y emocional de su familia”.

“Los condicionamientos por género, pobreza y violencia la afectaron y condicionaron sus posibilidades de actuar conforme a derecho”, añadió la resolución.

La mujer “eligió un mal menor para salvar la integridad psicofísica de su hija”.

La jueza Ledesma subrayó que es necesario abordar los fallos judiciales con “un enfoque integrador que incluya la perspectiva de género en virtud de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino al ratificar la Convención Interamericana de Derechos Humanos, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer –Convención Belem do Pará- (CBP) y la ley 26.485, que imponen el deber de facilitar el acceso a la justicia, evitar la revictimización y garantizar la asistencia a las mujeres víctimas de violencia, además de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres”.

Los hechos ocurrieron el 3 de julio 2019, después de la medianoche, en un control  sobre la Ruta Nacional 34, a la altura de Chalican (Ledesma, Provincia de Jujuy), por parte de Gendarmería Nacional.

A bordo de un micro de la empresa Flecha Bus que provenía de Salta  viajaba una mujer con uno de sus hijos, quien se mostró esquiva y nerviosa. Durante la inspección se le encontró un paquete adosado a su cuerpo con cinta adhesiva con 997,90 gramos de clorhidrato de cocaína “con una concentración del 87,7%, equivalente a 8751 dosis umbrales”.

El fallo reivindica tratados internacionales que establecen que “los Estados tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, de su raza o de su condición étnica, de migrante, refugiada o desplazada”.