Una fiscal pidió la nulidad del fallo del juez Gallardo que pedia suspender el sistema de reconocimiento
Lo solicitó la fiscal de Primera Instancia Catalina Legarre por no haberle dado visto el magistrado a su oficina.
La fiscal de Primera Instancia Catalina Legarre pidió este miércoles la nulidad del fallo dispuesto por el juez porteño Roberto Gallardo para suspender el sistema de reconocimiento facial que usa en sus cámaras de seguridad el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para detectar las personas que tienen pedidos de captura emitidos por la Justicia.
Legarre solicitó en un escrito al que accedió NA que "se confiera vista de las presentes actuaciones (a su fiscalía), disponiéndose la suspensión de la tramitación del proceso", por medio del cual el magistrado determinó que el Gobierno porteño deje de utilizar ese sistema.
"La medida ha sido adoptada ponderando nuevos elementos arrimados a la causa sin garantizar la intervención obligatoria de este Ministerio Público Fiscal prevista en el inciso b del artículo 10 de la Ley Nº 2145. En este contexto, en mi carácter de Fiscal subrogante a cargo de esta Unidad Especializada en Litigios Complejos, solicito se confiera vista de las presentes actuaciones, disponiéndose la suspensión de la tramitación del proceso, -incluyendo expresamente la suspensión de los plazos para apelar- en los términos previstos en el artículo 10 ter in fine citado", remarcó el fallo de la fiscal.
Asimismo, se agregó: "Cabe recordar, que de acuerdo con lo allí establecido, la tramitación del juicio se suspenderá cuando en los casos previstos en el artículo 10 bis -entre los que se encuentran los procesos colectivos- el juez no corra vista al Ministerio Público Fiscal en las oportunidades contempladas en el artículo 10 -entre las que se encuentra el dictado, la modificación o ampliación de una medida cautelar, precautelar y/o
cualquier clase de tutela anticipada- y cuando, otorgada la vista el representante del Ministerio Público Fiscal no hubiera intervenido efectivamente y emitido su opinión".
El martes el juez Gallardo ordenó "al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires suspender el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin que ello merme de ninguna manera los restantes sistemas de videovigilancia (monitoreo urbano), preventivo y forense", según señaló el fallo.
En el escrito, el magistrado aclaró que la determinación no implica "un menoscabo en el servicio de seguridad pública", por lo que no atentaría contra el trabajo del Ministerio de Justicia y Seguridad porteño.
El Gobierno porteño aclaró que el sistema se encontraba suspendido desde el inicio de la pandemia del coronavirus, ya que no funciona con el uso masivo de barbijos.
En ese sentido, el fallo ya precisaba que la "presente decisión no implica un menoscabo en el servicio de seguridad pública, dado que el sistema de reconocimiento facial de prófugos se encontraría inactivo por decisión del Poder Ejecutivo local y que lo aquí decidido no altera los sistemas vigentes de videovigilancia".
Gallardo dio lugar a un amparo del Observatorio de Derecho Informático Argentino y en su resolución argumentó que el sistema fue utilizado para recabar información antropométrica de políticos y personajes públicos, entre ellos el presidente de la Nación, Alberto Fernández y la vicepresidenta, Cristina Kirchner, a pesar de que ninguno de los dos se encontraba en listas de personas buscadas por la Justicia.
La fiscal Lagarre determinó que en el estado actual de la investigación "no surgiría que el sistema de reconocimiento facial cuya validez constitucional se discute en autos posea apariencia de implicar de por sí un menoscabo irrazonable en los derechos invocados como afectados por las partes accionantes".
El martes, el ministro de Justicia y Seguridad porteño, Marcelo D´Alessandro, afirmó que el magistrado "hizo una ensalada" y fue mucho más allá tras acusar al gobierno nacional por "querer a los delincuentes prófugos".
De todas maneras, el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad aclaró: "El Sistema de Reconocimiento Facial está destinado a la detección, verificación, identificación y detención de personas sobre las cuales exista una orden de captura por parte de la Justicia".
"Este sistema permitió identificar y poner a disposición de la Justicia a 1.695 personas que eran buscadas por asesinatos, robos, narcotráfico, o delitos sexuales, entre otros. Desde abril de 2020 no está activo a debido a la pandemia", añadió.
"El Sistema de Reconocimiento Facial funciona solo con una base de datos que es pública y lo que hace es identificar únicamente a las personas que tienen un pedido de captura de la Justicia. Operaba en forma rotativa sobre 300 de las más de 10.000 cámaras dispuestas en todo el territorio porteño. En vía pública, y en subtes, por ejemplo", señaló la cartera.
Asimismo, sostuvo que "las consultas efectuadas al Registro Nacional de las Personas (RENAPER), no tienen nada que ver con el sistema de reconocimiento facial y se hacen en base a diversos convenios vigentes, por ejemplo, cuando se efectúa una denuncia o se detiene a alguien".
Justamente, mediante esa coordinación pudieron descubrir, identificar y detener tanto a quienes atacaron la planta del Diario Clarín como asín también a los vándalos que atacaron la zona del Congreso durante la sesión de Diputados para aprobar el acuerdo de pago al FMI.
"El sistema de reconocimiento facial ellos lo vienen atacando desde que nosotros lo pusimos en marcha. Este sistema nos permitió poner presos a más de 2.000 violadores, asesinos, ladrones. Ellos los quieren libres, nosotros los queremos presos. Y nos basamos en la tecnología, en un sistema que está votado en la ley, donde vino el alto comisionado de la ONU a verlo", consideró el ministro porteño.
"Solamente buscamos prófugos. El juez Gallardo dice que buscamos en el Co.Na.RC, que es un listado que da la Justicia nacional de prófugos", explicó D´Alessandro, y agregó: "Nosotros nos basamos en la tecnología para no perjudicar a los vecinos".
El ministro de Justicia y Seguridad definió el fallo como una "maliciosa medida cautelar" y sostuvo que "este sistema está destinado a la detección, verificación, identificación y detención de personas sobre las cuales exista una orden de captura por parte de la Justicia".