Bajo la consigna, con hambre no se pude estudiar, y el no a la ACAP (Actividades de aproximación el mundo laboral, pasantías), los alumnos de diferentes escuelas públicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires alzaron la voz cansados por reclamos por tema viandas de comida de calidad nutricional, mejoras edilicias y pasantías laborales en empresas privadas.

Desde las autoridades del Gobierno porteño niegan la legitimidad del reclamo y proclaman una mesa de diálogo que lejos está de una toma de instituciones públicas que cada vez preocupa más no solo a los porteños sino a la Educación en todas sus formas.

De las 170 instituciones públicas educativas de la Ciudad, 12 se encuentran tomadas por alumnos menores de edad, que, en su mayoría, pero son una minoría, responden a agrupaciones de izquierda más radicalizadas y a diferentes facciones de La Cámpora.

Mas allá de un reclamo legítimo o no, seguimos manchando los pasillos de las escuelas públicas con política partidaria y vandalismo no solo contras las instituciones sino contra la Educación Pública Argentina.

Esta conducta patotero tiene una pena dentro del Artículo 60 del Código Contravencional de la Ciudad, que prohíbe ingresar o permanecer contra la voluntad del titular del derecho de admisión, en este caso, las autoridades de la escuela, dependientes del Ministerio de Educación.

Incluso, la Justicia puede calificar la conducta dentro de otra figura más grave, como ser la de despojar total o parcialmente de la posesión o tenencia de un inmueble, sea invadiendolo, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes. Y en caso de resultar condenados les quedará el antecedente penal.

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Asimismo, los padres y/o responsables de estos menores, ya fueron alcanzados, judicialmente hablando, por la Justicia local con la pretensión de resarcir pecuniariamente los daños ocasionados por el accionar de los menores.

La educación es un derecho humano fundamental, reconocido en la Constitución de la Nación Argentina, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Convención de Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por Ley 23.849, los Pactos Internacionales y la Ley 114.

La Convención sobre los Derechos del Niño determina: "Los Estados Parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas".

Lejos estamos de estos pilares dogmáticos y de un derecho fundamental donde claramente todo país sin educación es un país pobre.

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Seguimos atacando la educación, desde facciones partidarias donde la juventud encuentra rebelión y una especie de amor que pocos entendemos, pero también un gobierno local que su perpetuidad en los límites gubernamentales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no le ha enseñado o no han querido desarrollar formas pacíficas y consuetudinarias de encauzar los reclamos tan básicos como una educación de primera calidad, como nuestra educación pública.

No solo vemos fallas o grietas en el oficialismo local, también, observamos suciedad en el futuro de nuestra República,
los jóvenes, empeñados de partidismo extremista y desviados de una buena formación educativa y laboral.

(*) - Juan Pablo Chiesa es abogado laboralista y especialista en Empleo y Políticas Públicas.