El Tribunal Oral en lo Penal Económico número dos suspendió el juicio oral y público contra los hermanos Sergio y Pablo Schoklender previsto para la semana pasada porque no se pudo completar un peritaje ordenado en 2019.

Se trata de un expediente en el que los hermanos Schoklender están acusados de haber sido “sido responsables de la administración de la Fundación Madres de Plaza de Mayo en los años 2008, 2009, 2010 y parte de 2011”.

“En aquel carácter, habrían practicado las retenciones del porcentaje del importe de los sueldos de los empleados en relación de dependencia de aquella entidad establecido legalmente en concepto de aportes con destino al Régimen Nacional de la Seguridad Social”, sostiene la acusación.

“No habrían depositado aquellas sumas retenidas en concepto de aportes previsionales en la cuenta correspondiente a la orden del Sistema Único de Seguridad Social”, por lo que fueron procesados y embargados por 140 millones de pesos.

El juicio estaba previsto para el 17 de octubre pasado, pero un peritaje contable ordenado por el tribunal el 5 de junio de 2019 aún no fue concluido y ello afecta el derecho de defensa de los imputados.

“Distintas circunstancias, entre ellas el periodo de pandemia de febrero a junio 2020, la remisión de la causa por incompetencia al Tribunal Oral en lo Criminal Federal número  5 y en particular las dificultades para hallar los elementos a peritar y el acceso a la información de los distintos registros informáticos, han hecho que a la fecha tal pericia no se haya podido realizar”, se excusó el tribunal.

El juez Luis Gustavo Losada, en un fallo unipersonal, sostuvo que “si dentro del derecho de defensa en juicio está como se dijera el derecho a disponer del tiempo y de las facilidades necesarias para la preparación de su defensa, resultaría lesionado el mismo si se exigiera una estrategia defensiva sobre una prueba solicitada en trámite no incorporada naturalmente aún al debate”.

No resulta posible atender procesalmente a la solicitud de la querella de abrir el debate sin perjuicio de la producción del informe pericial faltante”, subrayó el tribunal.

El fallo decidió “fijar nueva fecha para el 9 de noviembre a las 10” y, al mismo tiempo, establecer “como fecha límite para la realización de la pericia contable ordenada el próximo 1 de noviembre”.

“Para tal inicio se deben haber cumplido todas las pruebas, tratadas todas las excepciones y satisfechas las diligencias ordenadas como instrucción suplementaria. (…) Sólo podrá hacerse el debate cuando todas las partes puedan ejercer su control, contradicción y valoración respecto a las pruebas existentes e incorporadas”, resumió el fallo.