El ex titular de la AFIP durante el gobierno de Cambiemos Leandro Cuccioli fue sobreseído por la jueza María Servini en una causa en la que el empresario Fabián De Sousa, del Grupo Indalo, lo acusada por presuntas maniobras urdidas desde el organismo recaudador para quedarse sus empresas.

No existió una orden abusiva dirigida por un funcionario que estuviera destinada a afectar las empresas de Grupo Indalo”, sostuvo Servini.

La jueza justificó que “a partir de los nuevos parámetros de administración tributaria dispuestos por el organismo del Estado especializado en esa materia, y a través de una resolución de alcance general, se desarrollaron procesos informáticos que determinaron la exclusión de miles de contribuyentes” de los planes de facilidades para afrontar sus deudas.

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Para Servini resultó decisiva una explicación de Cuccioli sobre que la misma decisión que se le aplicó a varias empresas del Grupo Indalo alcanzó a otras 3.062 empresas.

“No encuentro un fin personal del imputado o de algún otro funcionario de la administración, no se transgredió con el dictado de las resoluciones generales, ninguna norma, sea Constitución Nacional, Provincial y/o leyes nacionales o provinciales vigentes, tal como lo requiere el tipo penal del delito de abuso de autoridad”, puntualizó Servini.

La jueza admitió que “podría ocurrir el caso de una resolución de alcance general que con ese ropaje buscara afectar únicamente la situación de una sola empresa”, pero contrapuso que “no sería éste uno de ellos”.

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De Sousa denunció que desde la AFIP “se había dispuesto que determinadas empresas que explotaban licencias en medios de comunicación masiva fueran imposibilitadas de acogerse al régimen de facilidades de pago”.

Pero según Servini, “se pudo comprobar que no existió una orden impartida específicamente desde las altas autoridades del organismo recaudador, sino que los cambios de categorización ocurrieron en el marco de procesos informáticos centrales que se implementaron de forma sistémica, a partir de una decisión de administración tributaria”.