Restituyen la domiciliaria a un condenado a perpetua por delitos de lesa humanidad que se profugó de un hospital
Se trata de Jorge Antonio Olivera. Un tribunal oral le había revocado el beneficio porque presentó un certificado médico falso, pero los camaristas Juan Carlos Gemignani y Daniel Petrone no lo consideraron tan grave.
La Cámara Federal de Casación restituyó la prisión domiciliaria para el represor Jorge Antonio Olivera, condenado a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad, quien en 2013 aprovechó el traslado a un hospital para un turno médico, se escapó y estuvo prófugo cuatro años.
Los camaristas Juan Carlos Gemignani y Daniel Petrone anularon un fallo que le había revocado la prisión domiciliaria después de comprobar que había fraguado un certificado médico para gestionar salidas de su casa para “realizar actividad física”.
En la causa está probado que “el 21 de diciembre de 2022, el condenado Olivera, a través de la defensoría oficial, efectuó una petición de salidas para realizar actividad física, basándose en un documento adulterado, burlando así la investidura del tribunal y de ese ministerio”.
Por esa razón, el 30 de marzo pasado el Tribunal Oral Federal de San Juan resolvió “revocarle al condenado la prisión domiciliaria”.
Para ello valoró como antecedente que “en 2013, habiendo solicitado turnos médicos en el hospital extramuros, se prófugo junto a su consorte de causa, (Gustavo) de Marchi, y recién fue habido en 2017”.
Sin embargo, para el camarista Gemignani “esta actitud no constituye una causal de revocación de la prisión domiciliaria, en la medida que el Tribunal Oral nunca autorizó al condenado a salir para hacer gimnasia en los términos y por los motivos que la defensa lo había solicitado, por lo que Olivera nunca salió de su domicilio”.
Al formar el voto de mayoría, su colega Petrone afirmó que “la discusión sobre el valor atribuido a un certificado médico aportado por Olivera como argumento para revocar el beneficio oportunamente concedido no llega a fundamentar suficientemente” la revocatoria de la domiciliaria.
Ambos jueces contemplaron que “Olivera cuenta ya con 72 años de edad y que encontrándose en detención domiciliaria pudo atender adecuadamente sus múltiples patologías médicas, como así también acompañar a su mujer en los cuidados diarios, resentidos por su enfermedad durante el tiempo en que estuvo detenido en una unidad carcelaria”.
El tercer integrante del tribunal, Mariano Borinsky, votó en disidencia.