El procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, sentará mañana la posición del Gobierno nacional en torno al debate instalado por la oposición para reformar el régimen legal de decretos de necesidad y urgencia, de manera tal de limitar la capacidad del presidente Javier Milei de gobernar a través de esta herramienta.

Lo que están viendo quienes motorizan este debate es que el mandatario liberal, a diferencia de presidentes anteriores, está haciendo uso y abuso de la capacidad que le dio la reforma del 94 de emitir leyes mediante decretos, cuando en la mayoría de los casos no hay razones de necesidad y urgencia que lo justifiquen.

La utilización en exceso de este instrumento obedece, en cierta medida, a un hecho incontrastable: el oficialismo se encuentra en absoluta minoría en ambas cámaras del Congreso, con apenas 39 diputados y seis senadores, lo que explica las serias dificultades para la sanción de leyes propias.  

La segunda reunión informativa del plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Peticiones, Poderes y Reglamento se desarrollará este miércoles desde las 17 hs, en tanto que el miércoles 30 se desarrollaría el último encuentro con la expectativa de dictaminar.

Este cronograma se estableció en la moción de emplazamiento que se aprobó en el epílogo de la última sesión especial luego de que el oficialismo y sus aliados tuvieran éxito en el blindaje del veto a la ley de financiamiento universitario.

La presencia de Barra fue confirmada a la Agencia Noticias Argentinas por el presidente de Asuntos Constitucionales, Nicolás Mayoraz, quien en la reunión pasada había recomendado reformular los tiempos del debate teniendo en cuenta la envergadura de la reforma institucional.

De hecho, la estrategia del oficialismo será la de ganar tiempo y evitar que se vote este año en el recinto, donde se enfrentaría a una derrota segura dado que la oposición tiene garantizada la mayoría de las voluntades.

El calendario juega a favor de La Libertad Avanza, ya que quedan apenas diez semanas por delante en el período de sesiones ordinarias y la agenda está concentrada en la discusión por el Presupuesto 2025.

Son varios los proyectos en danza y fueron presentados por fuerzas políticas de los más variadas, pero tienen una raíz común: buscan invertir la lógica de la ley 26.122/2006 por la cual un decreto, para ser derogado por el Congreso, tenga que ser rechazado por ambas cámaras legislativas.

La idea es que alcance con el rechazo de una sola cámara para dejar sin efecto el decreto, y además se apunta a poner un plazo perentorio de vigencia del DNU después del cual pierde vigencia. 

El debate no es menor porque se busca poner en crisis un régimen que se instaló hace 18 años, cuando se aprobó la Ley 26.122 a instancias de la entonces senadora Cristina Kirchner, quien buscaba consagrar un mecanismo cerrojo para evitar que la oposición al gobierno de su marido pudiera voltear los DNU.

En ese sentido, la absoluta novedad es el giro copernicano en la postura del kirchnerismo, que después de décadas de oponerse a modificar el instituto de los DNU, porque no le convenía a los gobiernos propios, ahora sí se muestra dispuesto a colaborar con un total sentido de pragmatismo.

El otro bloque que modificó radicalmente su postura en la actual coyuntura es el PRO, que en la época en que conformaba el Grupo A durante el gobierno de Cristina Kirchner, y años después con Alberto Fernández, lideraba las propuestas para cambiar la ley que regula los DNU.

La intervención del miércoles pasado en el primer plenario de comisiones por parte de la secretaria parlamentaria del bloque, Silvana Giudici, confirmó el volantazo del partido amarillo.

Al tomar la palabra, la diputada bullrichista argumentó que en ese momento, la coordinación con otros sectores del Grupo A tenía sentido porque de lo que se trataba era de frenar la “tiranía de las mayorías” kirchnerista que “había convertido al Congreso en una escribanía” en la que “nada se podía debatir”.

En esa línea, Giudici se preguntó por qué razón después de 18 años en que el kirchnerismo “rechazó” sistemáticamente abrir el debate sobre los DNU habría que reflotarlo ahora y “caerle con todo el peso de las antiguas mayorías” al actual Gobierno para “intentar recortar el cambio”.

“Me violenta que ahora se haya emplazado a las comisiones porque desde el 2006 se hicieron ingentes esfuerzos para ser debatido y fue rechazado siempre por el mismo sector”, expresó.

Los proyectos de ley

Una de las iniciativas es la que tiene como autor al diputado de Encuentro Federal Oscar Agost Carreño, que establece un plazo de 60 días para que la comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo (cuya integración de ampliaría de 16 a 24 miembros) dictamine sobre la aprobación, rechazo o modificación de los decretos.

Si vence dicho plazo sin que la bicameral haya emitido dictamen, las cámaras legislativas podrán tratar el decreto de forma expresa dentro de los tres días hábiles.

Pasado este lapso, con todos los plazos vencidos, caducará la vigencia del decreto.

El proyecto de ley de Fernando Carbajal, Carla Carrizo y Danya Tavela es similar pero incorpora un plazo adicional de 15 días (es decir, hasta 75 días en total) si una de las cámaras aprueba el DNU en cuestión para que la otra lo trate antes de perder vigencia.

En tanto, la iniciativa de Margarita Stolbizer prevé que el dictamen de la bicameral sea incorporado como primer punto del orden del día de la primera sesión que se convoque.

En caso de que no hubiera dictamen de comisión, las cámaras deberán tratar de oficio en el plenario.

En total, el proyecto estipula un plazo de 90 días de vigencia del decreto.

El proyecto de los massistas Mónica Litza y Ramiro Gutiérrez es el más restrictivo desde el punto de vista de la vigencia de los decretos ya que prevé un plazo de apenas 30 días para que ambas cámaras lo aprueben. Caso contrario, el decreto caduca.

La Coalición Cívica también tiene su propio proyecto, que a diferencia de los anteriores, no propone un plazo luego del cual los decretos pierden vigencia, aunque sí coincide con aquellos en el hecho de que basta con el rechazo de una de las dos cámaras para que los DNU queden sin efecto.

Además, también deposita en la voluntad de los legisladores la opción de modificar parcialmente los decretos, suprimiendo partes del texto emitido por el Poder Ejecutivo.