Un tribunal confirmó el rechazo de una cautelar pedida por Mariano Macri, el hermano díscolo del ex presidente Mauricio, para disponer “la intervención societaria” del grupo familiar SOCMA a raíz de pérdidas económicas declaradas y falta de información sobre operaciones comerciales y financieras.  

“El hecho que el ejercicio económico de la entidad no haya arrojado valores positivos no es, por sí mismo, reflejo ni indicio de mala administración”, sostuvieron los jueces de la Cámara en lo Comercial Hernán Monclá, Miguel Bargallo y Ángel Sala.

Mariano Macri había pedido una serie de medidas en defensa de sus derechos como accionista de SOCMA y ante la declaración de una “pérdida acumulada” en el ejercicio que concluyó el 31 de enero de 2022 de 370.886.371 pesos, que pasaron “a integrar la cuenta de resultados no asignados”.

Mariano Macri había reclamado la “intervención con desplazamiento de las autoridades” ante “las potenciales consecuencias negativas que podría acarrear el bajo valor que presenta el índice de liquidez ácida y el descalce que hay en la existencia de activos en moneda extranjera con respecto a los pasivos también en moneda foránea”.

Pero la Sala E de la Cámara replicó que Mariano Macri no precisó “cómo la alegada violación de su derecho a la información y los cuestionamientos que introdujo en torno a varias cuentas del Balance, la composición de la Memoria”.

También –abundó la resolución- omitió explicar de qué manera “las dudas que planteó sobre ciertas operaciones de la empresa se traducirían en peligro grave y actual para la sociedad, o que el conflicto suscitado comprometa su normal funcionamiento”.

Mariano Macri había cuestionado la “venta del paquete accionario que Sideco detentaría en Líneas de Transmisión del Litoral S.A.”, pero el tribunal le respondió que esa situación “podría ser superada, en caso de ser pertinente, por otros métodos que no afecten el desarrollo de la sociedad”.

Los cuestionamientos de Mariano Macri “fueron expuestos en forma meramente conjetural y generalizada, no habiendo especificado el impacto que tales márgenes, que surgen de los estados contables, podrían tener en concreto y a corto plazo en la realidad económica y financiera de SOCMA”.

El tribunal también rechazó el cuestionamiento sobre la aprobación de la gestión de los miembros del Directorio y Comisión Fiscalizadora y la aprobación de los Estados contables.

En particular, apuntó a “la ausencia de indicación de los fondos que se habrían obtenido por la venta de la participación accionaria que tenía Sideco en Litsa; la no aplicación del dinero obtenido por la venta de distintas participaciones societarias a deudas en moneda extranjera; la inexactitud de la información brindada sobre la refinanciación de la deuda que la sociedad tiene con Meinl Bank y la ampliación de las garantías reales, y el aumento “excesivo” que habrían sufrido los gastos de administración”.

La Cámara reconoció que “si las cuestiones involucradas en los estados contables aprobados son susceptibles de acarrear en su ejecución un grave perjuicio al interés social cabría admitir esa medida”.

“Empero –contrapuso- (Mariano Macri) no ha especificado cuál es la consecuencia que pretende evitar. (…) Debió explicitar la finalidad que buscó con la suspensión de la aprobación de los estados contables. Es insuficiente, a los fines cautelares, circunscribir la argumentación solamente en la descripción de los presuntos vicios o defectos que afectaron a la asamblea en cuanto a la aprobación de los Estados Contables”, resumieron los camaristas.