Prescribió una causa porque durante casi una década no encontraron a los acusados
Es un expediente derivado del expediente conocido como "mafia de los medicamentos".
Un tribunal oral federal declaró “prescripta” una causa derivada de la denominada “Mafia de los Medicamentos” porque durante casi una década no pudieron encontrar a los acusados.
La medida benefició a dos procesados por presuntamente “haber comercializado a la Obra Social de Cortadores de Indumentaria, como responsables de la Farmacia Caracas, durante 2012, medicamentos sin sus números de lote o fecha de vencimiento, que además no cumplían con los porcentajes exigidos del principio activo”.
El fallo, firmado por el juez del Tribunal Oral Federal número dos Jorge Gorini, recordó que los acusados (cuyas identidades permanecerán en reserva por cuestiones legales) fueron declarados “en rebeldía” y pesaba sobre ellos sendas órdenes de captura nacional.
El 9 de mayo de 2014, el fiscal Eduardo Taiano requirió la elevación a juicio del expediente, por la comercialización irregular de los medicamentos ácido 50 mg., Enalapril 10 mg., Fenitoína 100 mg y Lorazepan 2,5 mg “sin sus respectivos números de lote o fecha de vencimiento, que además no cumplían en su composición con los porcentajes exigidos del principio activo”.
“Asimismo, se les imputó el haber almacenado con la finalidad de su comercialización gran cantidad de medicamentos con la fecha de vencimiento adulterada”, según surge del expediente.
Los acusados llegaron a la instancia de juicio por “delitos contra la salud pública”, que establece penas de entre tres y diez años de cárcel para quien “vendiere, pusiere en venta, suministrare, distribuyere o almacenare con fines de comercialización aguas potables, sustancias alimenticias o medicinales o mercaderías peligrosas para la salud, disimulando su carácter nocivo”.
Desde que la causa fue elevada a juicio, los imputados jamás se presentaron ante la Justicia, a punto tal que ni siquiera fueron ellos quienes pidieron la prescripción de la causa.
El fallo recordó que “ante las reiteradas ausencias sin justificación frente a citaciones que les fueron dirigidas, resolvió declarar rebeldes a los imputados y, en consecuencia, encomendar a las fuerzas policiales la averiguación de sus paraderos y sus capturas”.
Transcurridos los diez años (el máximo de la pena previsto para el delito imputado) sin haber dado con los acusados, el tribunal declaró la prescripción por el paso del tiempo y ordenó “dejar sin efecto la declaración de rebeldía y el pedido de captura que fueran dispuestos oportunamente”.