Nueva presentación de un juez de la Causa Cuadernos contra la remoción que impulsa el gobierno
Germán Castelli invocó a su favor la reciente declaración de inconstitucionalidad de la reforma del Consejo de la Magistratura y un fallo de la Corte Interamericana contra Perú por la "destitución arbitraria de jueces y fiscales”.
Germán Castelli, uno de los jueces cuestionados por haber sido trasladado de un tribunal a otro por decreto del ex presidente Mauricio Macri, presentó un escrito ante la Corte Suprema invocando el fallo que declaró la inconstitucionalidad de la reforma del Consejo de la Magistratura y una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra la destitución ilegal de magistrados en Perú, para robustecer su reclamo para mantenerse en el tribunal que debe realizar el juicio oral por la Causa Cuadernos.
Castelli entendió que el fallo de la Corte sobre el Consejo de la Magistratura “mejora en la calidad democrática” pero advirtió que aun así “se mantienen intactos los agravios en torno a los restantes órganos de selección y designación” de jueces, esto es, el Poder Ejecutivo Nacional y el Senado de la Nación.
Castelli sostiene que no puede presentarse a concurso para revalidar su designación en el Tribunal Oral Federal Siete, que tiene asignada la Causa Cuadernos, porque se trata de una “ficción de rendir examen frente a un Estado que le avisó a la sociedad y al mundo de manera palpable y objetiva, que quedará marginado de la competencia”.
“No se ha despejado cabalmente la problemática existente en torno al Consejo de la Magistratura, en tanto al menos siete de esas representaciones ya han dado muestras palmarias de lo que podría ocurrir en un concurso en el que hipotéticamente se presente el suscripto, en tanto fueron quienes iniciaron el proceso de destitución ilegal”, insistió.
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Castelli señaló, además, que el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Cuya Lavy y otros vs. Perú”, de septiembre pasado, declaró a ese país “responsable por la destitución arbitraria de jueces y fiscales”.
El fallo, explicó el juez, define “la garantía de inamovilidad como una garantía de esa independencia para que sus integrantes no se vean sometidos a restricciones indebidas por parte de órganos ajenos al Poder Judicial”.
El fallo de la corte internacional –según el juez- aplica sus alcances a su caso: “no parece lógico que un organismo de tamaña relevancia continental y, por ende, universal, adopte un documento como bandera de independencia judicial, sin compartir todo su contenido”.