La dirigente social jujeña Milagro Sala apeló el fallo de la Justicia Electoral que rechazó un pedido para que su figura no sea utilizada en la campaña de Juntos por el Cambio para las PASO y las elecciones nacionales de octubre próximo.

El pedido de Milagro Sala había sido desestimado por la jueza electoral María Servini, argumentando que “existen recursos o remedios judiciales o administrativos para obtener la protección de su derecho”.

“Si existe otra vía judicial útil debe optarse por ella. (…) El amparo sólo procede cuando el sistema procesal ordinario se revela inidóneo”, sostuvo Servini al rechazar el planteo.

Sala respondió, a través de sus abogados Luis Duacastella Arbizu, Verónica Heredia y María Florencia Piermarini: “¿Cuál sería esa otra vía judicial más expedita al amparo para hacer cesar la vulneración a mis derechos humanos que las acciones de los demandados continúan provocando?”.

“Los actos ilegítimos se producen en el marco de la campaña electoral que está ocurriendo en este momento. Es decir que los demandados continuarán utilizando mi situación de privada de la libertad como propaganda para obtener votos”, advirtió.

La líder de la organización Túpac Amaru sostuvo que la utilización de su figura por parte de la oposición viola las reglas de  “tolerancia democrática” establecidas en la ley electoral.

“¿Qué significa ‘tolerancia democrática’? ¿Se puede tolerar que un candidato a vicepresidente de la Nación afirme que soy ‘una gran delincuente que está presa’?  ¿Cuánto más castigo recibiré? ¿Qué democracia tolera semejantes amenazas?”, se preguntó Sala.

Las conductas de las fuerzas políticas, añadió, “deben reflejar el más estricto apego al principio republicano de gobierno y evitar cualquier maniobra que, aun cuando pueda traer aparejado algún rédito en la contienda electoral, signifique desconocer las más elementales reglas constitucionales”.

Sala también aludió a las violaciones a su figura en tanto mujer: “denuncio violencia física, psicológica, simbólica y política,  en las modalidades institucional, mediática, en espacios públicos y pública-política, conforme la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.

“Entre las medidas preventivas que de oficio se pueden dictar, está la que ordenar al presunto agresor que cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia la mujer; ordenar medidas de seguridad en el domicilio de la mujer  y toda otra medida necesaria para garantizar la seguridad de la mujer que padece violencia”, subrayó.

El recurso pasará ahora a la Cámara Nacional Electoral, que deberá resolver en tiempos perentorios, habida cuenta que la figura de Milagro Sala sigue siendo utilizada por la oposición en su campaña proselitista.