La Justicia Federal de Dolores le pidió al tribunal oral que condenó al empresario kirchnerista Lázaro Báez que informe en qué situación quedó el financista Leonardo Fariña en relación con su acogimiento al régimen del “arrepentido”.

El pedido está vinculado con una investigación sobre el presunto “guionado” de la declaración que prestó Fariña como arrepentido, en la que involucró a Báez en maniobras de lavado por las que finalmente fue condenado.

El juez Martín Bava, quien quedó a cargo del juzgado de Dolores tras la salida de Alejo Ramos Padilla, le remitió en las últimas horas un oficio reiteratorio de un pedido que ya había formulado en febrero pasado y del cual no obtuvo respuesta.

“En atención al tiempo transcurrido sin haber obtenido respuesta, reitérese oficio al Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4, a fin de que se informe si se adoptó alguna decisión definitiva respecto de las declaraciones brindadas por Jorge Leonardo Fariña en los términos de la Ley 27304 y su validez”, sostiene el escrito, al que tuvo acceso NA.

Fariña apareció reiteradamente mencionado en el contexto de la investigación que tiene como principal imputado al falso abogado Marcelo D’Alessio como integrante de una asociación ilícita dedicada a la extorsión y a actividades de inteligencia ilegal.

En esa condición, se presentó ante el juzgado de Dolores, que dispuso su falta de mérito para procesarlo o sobreseerlo.

No obstante, como derivación de aquella situación, la jueza federal de la Capital Federal María Eugenia Capuchetti se declaró incompetente para intervenir en la denuncia sobre el supuesto guionado y le remitió las actuaciones a su colega Ramos Padilla.

Giselle Robles, ex abogada de Fariña, denunció pública y judicialmente que desde el Ministerio de Justicia de Cambiemos se le había proporcionado información cuando estaba preso para que declarara como arrepentido.

A cambio de esa colaboración, según la letrada, Fariña fue beneficiado con la excarcelación.

Antes de pasar al juzgado federal con competencia electoral de La Plata, Ramos Padilla aceptó la competencia y la investigación quedó entonces radicada en Dolores.

En febrero pasado, el juzgado remitió al tribunal oral federal un primer oficio pidiéndole que informara “si se adoptó alguna decisión definitiva respecto de las declaraciones brindadas por Jorge Leonardo Fariña en los términos de la Ley 27.304 y su validez”.

El 25 de febrero, Báez, Fariña y otros imputados fueron condenados por el tribunal.

Respecto de Fariña, los considerandos del fallo explican que “deberá ser condenado a la pena de cinco años de prisión, multa de cinco veces el monto de las operaciones, accesorias legales y costas, por considerarlo penalmente responsable del delito de lavado de activos agravado”.

El texto aclara que “la pena fue reducida en tres años de prisión respecto de los ocho años que le hubieran correspondido de no haber colaborado como imputado arrepentido aportando información que permitió el esclarecimiento de parte de los hechos objetos del juicio”.

Fariña fue condenado al máximo de la pena posible en su condición de arrepentido, puesto que el delito de lavado tiene una pena que va de tres a diez años de cárcel.

El acogimiento a la ley del arrepentido permite reducir la condena a la que corresponde al delito en grado de tentativa, es decir un tercio de la mínima y la mitad de la máxima.

Fariña pudo ser condenado a un año de prisión (un tercio de tres) hasta cinco (la mitad de diez); esto último fue lo que efectivamente ocurrió.

El juez Bava pidió precisiones sobre esa situación, como un elemento más de evaluación ante la denuncia por el supuesto guionado.