La Corte Suprema rechazó un recurso de “reposición”  del ex funcionario de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) Rafael Resnick Brenner y mantuvo firme la condena a tres años de prisión en suspenso por la Causa Ciccone.

El máximo tribunal resolvió por unanimidad, un año después del planteo, considerar “improcedente” el reclamo de Resnick Brenner porque “las decisiones de la Corte no son, como principio, susceptibles de ser modificadas por el recurso de reposición ni por recursos o incidentes de nulidad”.

Resnick Brenner había intentado que la Corte revisara su propia decisión de declarar “inadmisible” las apelaciones contra las condenas dictadas en el marco de la causa por el fallido rescate de la imprenta Ciccone Calcográfica.

La Corte había aplicado el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial, que le permite declarar “inadmisible” un recurso sin darle tratamiento ni fundamentar su decisión. De esa manera, el máximo tribunal había dejado firmes, sin analizar los cuestionamientos formulados por las partes, las condenas de –entre otros- el ex vicepresidente Amado Boudou.

Resnick Brenner mantiene abierta la posibilidad de recurrir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), circunstancia sobre la que había advertido cuando en diciembre de 2020 formuló el planteo ahora rechazado por la Corte. El fallo que ratificó nuevamente las condenas fue firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.