La Corte Suprema dejó firme el fallo que prohíbe al Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Capital Federal (CUCICBA) el cobro de comisiones superiores al tope legal en las operaciones en las que intervenga, lo que impacta directamente en los contratos de alquileres de viviendas y locales.

El máximo tribunal, por unanimidad y por razones formales, desestimó el “recurso de queja” presentado por el Colegio, representado en el expediente por el abogado Alexander Christian Rodríguez.

El fallo que ahora quedó firme establece que el CUCICBA no puede cobrar comisiones inmobiliarias por encima del tope legal (que al inicio de la demanda era de 4,15 por ciento  para alquileres de vivienda y luego se redujo por ley a cero por ciento para los inquilinos) y además debe controlar que ese tope se cumpla en todos los contratos.

LEER MÁS: Diputados avanza con la ley de Compre Argentino y el oficialismo espera emitir dictamen

La Corte dejó firme un fallo de 2018 el Tribunal Superior de Justicia porteño que estableció ese límite para el Colegio y ratificó que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires es la autoridad regulatoria en la materia.

Ello significa que las comisiones deben ser fijadas por ley y que los agentes inmobiliarios agrupados en el CUCICBA tienen la obligación de acatarlas.