La Corte Suprema anuló un fallo que admitía la denuncia de un ex banquero secuestrado durante la dictadura sobre el secuestro y las torturas que dice haber sufrido para quitarle la entidad financiera en la que tenía caucionadas acciones de la empresa Austral, que el régimen quería estatizar.

El máximo tribunal consideró que la Cámara Federal de Casación Penal hizo una lectura “arbitraria” de las constancias de la causa en la que el arquitecto Eduardo Ezra Saiegh denunció que fue secuestrado el 31 de marzo de 1980, cuando tenía 37 años de edad.

Saiegh narró que fue torturado hasta que firmó la cesión de las acciones del Banco Latinoamericano y de las acciones de Austral, en crisis económica y a punto de ser estatizada por la dictadura. Acusó al ex vicepresidente del Banco Central Alejandro Reynal por su secuestro y torturas, ya que uno de sus primos,  William Reynal, era la cabeza de Austral. "Reynal no quería judíos en el sistema financiero", denunció Saiegh.

Pero la Corte convalidó un fallo que sostiene que “no se encuentra acreditado en autos que Saiegh hubiera integrado la parte de la población civil argentina que resultó destinataria del plan sistemático y generalizado implementado por la dictadura”.

La Corte relativizó que “los hechos que lo pudieran haber damnificado hayan sido crímenes de lesa humanidad”, de modo tal que la causa, en ese caso estaría prescripta. Así lo había considerado la Cámara Federal porteña, pero en dos oportunidades la Casación había anulado esas resoluciones. La defensa de Reynal apeló ante la Corte y el máximo tribunal, en el último acuerdo de 2021, anuló los fallos de Casación que mantenían abierto el expediente.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti consideraron que el fallo de la Casación que mantenía abierta la causa fue “producto de una lectura arbitraria –por incompleta– de la resolución” que exculpó a Reynal.

“Sin que ello importe adoptar una posición acerca de si corresponde, o no, caracterizar a los delitos investigados como de lesa humanidad, se descalificará el pronunciamiento de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal por no cumplir con la exigencia que demanda que las sentencias constituyan una derivación razonada del derecho vigente”, dijo la Corte. El fallo deja en pie la consideración de la Cámara Federal, que descartó que hubiera existido una persecución contra Saiegh por su condición de judío.

“Este Tribunal –dijo la Corte- entiende oportuno precisar que debe rechazarse de plano toda pretensión según la cual la mera pertenencia a una categoría pueda impedir, por sí misma, la posibilidad del reproche penal que corresponda por su comisión”, reconoció el máximo tribunal. Pero contrapuso que esa persecución penal debe avanzar “cumpliendo también con las normas constitucionales y convencionales que obligan a esta Corte a velar por el respeto de las garantías judiciales establecidas en la Constitución Nacional”.