La Cámara Federal revocó el fallo que decía que marchar con una molotov no era delito
El tribunal dispuso el procesamiento de Natanael Reinstein Menin, cercano a Revolución Federal.
La Cámara Federal porteña revocó el fallo que sostenía que marchar con un “coctel molotov” en una marcha contra Cristina Fernández de Kirchner no constituía delito.
Los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, con la disidencia de Mariano Llorens, dejaron sin efecto el sobreseimiento dispuesto por el juez Marcelo Martínez de Giorgi a favor de Natanael Reinstein Menin, cercano a la agrupación de ultraderecha Revolución Federal.
El fallo de la Cámara dispuso el procesamiento de Reinstein Menin por causar peligro para la seguridad común, una figura que contempla penas de hasta 15 años de prisión.
El fallo señala que “el imputado Reinstein Menin tomó parte activa en las agresiones verbales y físicas proferidas contra quienes se pronunciaban a favor” de Cristina Kirchner.
“Sin demasiada hesitación se advierte que, tener bajo la esfera propia de injerencia un objeto explosivo de estas características y en los pormenores que rodearon el hecho, implica una elevación del riesgo que torna lesivo el comportamiento”, resumieron los camaristas que conformaron el voto de mayoría.
Los hechos ocurrieron el 22 de agosto de 2022, a partir de las 21 en las inmediaciones de la intersección de las calles Juncal y Uruguay, “cuando diversos grupos de personas se congregaron a fin de manifestarse a favor y en contra de la ex Vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández, en ocasión del juicio oral seguido en su contra”.
Ese día, el fiscal Diego Luciani había pedido para la ex presidenta 12 años de prisión en el marco del juicio por la denominada Causa Vialidad.
Para el juez Martínez de Giorgi, al dictar el sobreseimiento, “el cocktail (sic) o bomba molotov, a pesar de presentar características explosivas, resulta ser una bomba o explosivo impropio. (…) Se encuentra elaborado con elementos de uso cotidiano, que tanto por la envergadura de sus componentes, como por su cantidad - reducida en este caso al volumen de una botella de cerveza-, en la mayoría de los contextos no representa peligros”.
Además, destacó que no se había encontrado un encendedor o fósforos para encenderlo.
Pero los camaristas Bruglia y Bertuzzi replicaron que “el sólo evento de no llevar entre sus pertenencias un encendedor y de haber lanzado -en forma previa- un artefacto apagado de similares características al secuestrado, no determinan indicios que nos generen incertidumbre sobre su accionar, ni tampoco configuren la posibilidad de un desistimiento”.
“Su responsabilidad en los acontecimientos que involucran este tramo del proceso se encuentra acreditada, debiendo responder en condición de autor”, resumieron.
El camarista Mariano Llorens se había inclinado por confirmar el sobreseimiento.