El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, dictaminó que la Corte Suprema no debe intervenir en el planteo contra la candidatura a jefe de gobierno porteño de Jorge Macri por no reunir los requisitos establecidos por la Constitución local.

“Es mi parecer que corresponde a la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires expedirse al respecto, ya que el respeto del sistema federal y de las autonomías locales exige que sean los magistrados de esa índole los que intervengan en las causas en que se ventilen asuntos de aquella naturaleza”, sostuvo Casal.

El mismo pronunciamiento lo había formulado anteriormente cuando fue consultado sobre los procesos eleccionarios en Tucumán, San Juan y Formosa.

El dictamen no es vinculante y, de hecho, la Corte en el caso de San Juan sí intervino y prohibió la candidatura de Sergio Uñac para un nuevo período como gobernador.

Casal dictaminó que la Corte no debe intervenir como tribunal de competencia originaria, aunque dejó abierta la posibilidad de una revisión por parte del máximo tribunal al final del proceso.

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“Las cuestiones de carácter federal que también puedan comprender esos pleitos sean susceptibles de adecuada tutela por la vía del recurso extraordinario”, advirtió el procurador.

La ciudadana porteña Vanina Natalia Biasi, precandidata a jefa de gobierno por la lista Unidad de Luchadores y la Izquierda, del Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad, promovió la “declarativa de certeza” objetando la candidatura de Jorge Macri.

Esa postulación ya recibió un primer aval por parte del Tribunal Electoral de la Capital Federal.

Biasi le pidió a la Corte que “haga cesar el estado de incertidumbre en el que dice encontrarse respecto del alcance, limitaciones y modalidades del artículo 97 de la Constitución de la ciudad en tanto —a su entender— inhabilita a Jorge Macri a ser precandidato a jefe de gobierno”.