El tribunal oral federal número siete ratificó al juez Germán Castelli en la Causa Cuadernos, al rechazar una recusación en su contra planteada por la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner.

La ex presidenta, a través de sus abogados, Carlos Alberto Beraldi y Ary Lernovoy, habían manifestado su “temor de parcialidad” sobre la actuación del juez, uno de los cuestionados porque fue trasladado por decreto del ex presidente Mauricio Macri al tribuna de la Causa Cuadernos.

“No puede extraerse de las expresiones aludidas –aun forzosamente- que se haya puesto en riesgo el deber de imparcialidad que de manera inmanente debe enarbolar el Juzgador para decidir en los procesos sometidos a su conocimiento”, refutaron los colegas de Castelli, Fernando Canero y Enrique Méndez Signori.

Nulidad

La vicepresidenta, procesada en la causa y en camino a juicio, había solicitado el apartamiento y la “la nulidad de todos los actos en los cuales intervino” Castelli, a raíz de que en el marco del cuestionamiento a la forma en que llegó al tribunal “habría manifestado enérgicamente en diversos reportajes y a través de acciones judiciales en la esfera nacional, que estos episodios conformaban una ‘remoción encubierta’ e ‘ilegal’, orquestada por los otros poderes del Estado -con la participación directa de la Dra. Cristina Fernández de Kirchner- y dirigida a apartarlo del presente proceso”.

“De la simple lectura surge –sin ambages- que no se ha emitido opinión sobre los hechos investigados en la presente causa, ni tampoco se advierte que las expresiones reflejen un ánimo adverso por parte del juez hacia la nombrada”, sostuvo el tribunal.

No se observa la lesión a las garantías de raigambre constitucional que invoca la defensa”, añadió.

“El magistrado en ningún momento realizó una valoración de la imputación dirigida a la señora Cristina Elisabet Fernández por la fiscalía en el requerimiento de elevación a juicio; mas por el contrario, frente al objeto de sus declaraciones públicas, el magistrado se encargó de señalar -en reiteradas ocasiones- que en el ejercicio de su función jurisdiccional ‘cualquier ciudadano o ciudadana (iba a tener) un juicio justo’”, completó la resolución.