Casanello se declaró incompetente y mandó la causa de los afiches contra Cristina a la Justicia Nacional
Consideró que la investigación debe quedar en manos del juez de instrucción penal Manuel de Campos, quien instruye una denuncia de la empresa de Enrique "Pepe" Albistur, concesionario de una parte de la cartelería pública en la Capital Federal.
El juez federal Sebastián Casanello se declaró incompetente para intervenir en la causa en la que se investigan los afiches ilegales que calificaron de “asesina” a la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner.
Casanello remitió las actuaciones a la Justicia Nacional, donde tramita una denuncia formulada por la empresa Al Sur, que tiene la concesión de una parte de la cartelería en la vía pública y pertenece al publicista Enrique “Pepe” Albistur.
La fiscal federal Alejandra Mángano había opinado que “no se advierte que los sucesos en cuestión hayan resultado idóneos para infundir temor público o suscitar tumultos o desórdenes”.
“Considero que no se dan las elementos típicos que configuran el delito reprimido por el artículo 211 del Código Penal (intimidación pública) y que habilitarían la intervención de esta justicia federal que tiene un carácter excepcional y estricto”, añadió.
En sintonía con esa postura, el juez Casanello coincidió en que “no se vislumbra una ofensa a la soberanía y/o seguridad de la Nación -que el tipo bajo examen pretende proteger-, con lo que ha quedado descartada la absoluta y exclusiva jurisdicción federal”.
Además, resaltó que la damnificada, Cristina Fernández de Kirchner, no inició una querella ante el fuero federal, lo que –por su investidura- podría haber justificado la intervención de Comodoro Py 2002.
“El carácter injurioso de las publicaciones no ha motivado la presentación de una querella ante el fuero federal por parte de la Vicepresidenta de la Nación, que llevaría a evaluar posibles cuestiones de competencia en torno a un delito que resulta de acción privada”, resumió el juez.
En la justicia nacional, el juez Manuel De Campos tramita “una causa cuyo objeto procesal gira en torno a los mismos hechos que aquí se ventilan”, explicó Casanello. “Ante la existencia de conexidad objetiva y subjetiva, la presente deberá remitirse a esa sede”, resolvió.