Casación confirmó condenas por delitos sexuales contra detenidas-desaparecidas durante la dictadura
Las víctimas sufrieron abusos del aparato represivo en San Juan. Las condenas fueron a penas de entre 25 años y prisión perpetua.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas a penas de entre 25 años y prisión perpetua para un grupo de ex militares por delitos sexuales cometidos contra detenidas-desaparecidas durante la última dictadura.
Los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos ratificaron las penas contra Juan Antonio Olivera, Juan Francisco Del Torchio, Daniel Rolando Gómez, y Gustavo Ramón De Marchi, en todos los casos acusados por “delitos de violación y abuso deshonesto”.
Las víctimas fueron “un grupo de mujeres que habían sufrido torturas mientras estuvieron detenidas durante la última dictadura militar en la provincia de San Juan”.
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El fallo remarcó que “en dicho contexto histórico de criminalidad se enmarcan también los delitos sexuales que se le atribuyen” a los imputados”.
“Por ello, estos delitos en particular, también ingresan en la categoría de crímenes de lesa humanidad que los torna imprescriptibles”, subrayaron los jueces.
El fallo resalta que “se debe seguir entonces el criterio que consagra el imperativo impostergable de investigar y sancionar los crímenes contra la humanidad sin ningún tipo de impedimento de derecho interno”.
En ese sentido, los jueces resaltaron “la calidad de las mujeres damnificadas como víctimas del ataque generalizado y sistemático que fueron secuestradas y recluidas en centros ilegales de detención donde resultaron sometidas a diversos actos delictivos, entre ellos abuso sexual y violación”.
Ello –añadieron- “exige que el juzgamiento de esos hechos sea realizado con perspectiva de género, honrando los compromisos internacionales asumidos por la Argentina”.
La Casación intervino tras el reenvío ordenado por la Corte Suprema al corregir un fallo anterior que desvinculaba a los enjuiciados por los hechos de contenido sexual cometidos por los funcionarios de las fuerzas de seguridad.
El fallo sostiene que los delitos sexuales “se desarrollaron en un contexto que facilitó su comisión, a la vez que se crearon condiciones de indefensión y vulnerabilidad para las víctimas”.