La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) manifestó su preocupación por el allanamiento a la vivienda de una periodista riojana.

Según fuentes cercanas al hecho, se habría producido después de intentar obtener datos que permitieran esclarecer el secuestro de una niña de 6 años.

“El reciente allanamiento a su vivienda constituye un acto de suma gravedad contra la libertad de expresión”, dice Adepa, que agrega: “Aún cuando se desconocen los fundamentos de la medida, no es posible imaginar algún justificativo para secuestrar la totalidad de las herramientas de trabajo de una periodista, así como sus registros y documentos vinculados con un hecho policial”.

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La periodista es Manuela Calvo, que afronta medidas de restricción que le impiden pronunciarse sobre el caso conocido como “Arco iris”. La jueza María Eugenia Torres, a cargo del Juzgado de Instrucción de Violencia de Género N° 1 de La Rioja, estaría encaminada en un proceso de investigación por una supuesta “desobediencia a la autoridad”.

El hecho estaría vinculado por la mención de la identidad de la menor por parte de la periodista en su cuenta de Twitter. A raíz de esto, Calvo borró tuits que había escrito al respecto y frenó la presentación de un documental sobre el caso.

“Una medida semejante equivale, en los hechos, a una prohibición emitida por el juzgado de continuar ejerciendo la libertad de informar. Cualquier posible inconducta o hecho delictivo en el que pueda haber incurrido el periodista, no justificaría -ni siquiera luego de un proceso judicial– el secuestro y retención de las herramientas de trabajo o de sus archivos y documentos”, señala el comunicado.

Además, la Adepa afirma que, aunque ciertas expresiones pudieran ser punibles por encontrarse por fuera de la protección de la libertad de expresión y de prensa, “no autoriza el secuestro de los instrumentos de difusión, ni la detención de quienes colaboran en los trabajos de impresión, propagación y distribución”.

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“El secuestro de las herramientas indispensables para el ejercicio de la profesión del periodista constituye un acto de censura prohibido por los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional, así como por el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica”, resalta la institución.

Y finaliza: “No menos grave es el hecho de que la medida judicial ordenada constituye, además, una violación al secreto periodístico, pues coloca en poder de funcionarios públicos los archivos y bases de datos del periodista”.