El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal presentó un amparo contra el Estado nacional por incluir a los letrados como sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera operaciones sospechosas en ciertos supuestos.

Al respecto, Ricardo Gil Lavedra, presidente de la entidad, destacó que “todas las actividades de los abogados y abogadas se encuentran amparadas por el secreto profesional, no solo las que se vinculan con el litigio”.

“En ese sentido, el abogado no puede ser obligado a violar la relación de confidencialidad  denunciando a su propio cliente. Y además exigiéndosele informes, evaluaciones de riesgos e incluso indagar sobre el origen de los fondos de los clientes”, aseguró.

Gil Lavedra subrayó que “la ley es inconstitucional, y obviamente perjudica la tutela judicial efectiva y el derecho a trabajar de los abogados y abogadas”.

En el mismo sentido se expresó la agrupación de letrados Gente de Derecho, que pidió al Poder Judicial que declare la inconstitucionalidad de una ley que los obliga a denunciar a sus propios clientes ante situaciones sospechosas.

“La norma vulnera, en forma manifiestamente ilegal y arbitraria, el ejercicio profesional abogadil, en lo que hace al secreto profesional, el derecho de defensa en juicio, el debido proceso, y en particular la relación cliente - abogado, con la consecuente e inevitable restricción del trabajo de los profesionales”, sostuvo la presentación.

Gente de Derecho es una agrupación opositora en el Colegio Público porteño y es liderada por el ex presidente de esa organización Jorge Rizzo.

El abogado Jorge Rizzo. Foto: NA/Redes sociales.
El abogado Jorge Rizzo. Foto: NA/Redes sociales.

La causa, que quedó radicada ante el juzgado federal número diez, a cargo del juez Julián Ercolini, persigue el dictado de “una cautelar urgente de no innovar que disponga la suspensión total de los efectos” de la norma.

“Los abogados pasamos a ser sujetos obligados ante la Unidad de Información Financiera (UIF). (…) Viene a modificar sustancialmente el listado de obligados a informar sobre operaciones sospechadas de lavado de activos, financiamiento del narcotráfico y terrorismo y otros supuestos, y los procedimientos a realizar en su caso”, advirtió la presentación.

“El resguardo del secreto profesional es una obligación deontológica del Abogado que lo coloca en situación de ser sancionado hasta con la exclusión de la matrícula y responder patrimonialmente. La prohibición de violar el secreto profesional está íntimamente vinculada a la garantía constitucional del derecho a la defensa y a un juicio justo, ámbito en el que normas como la propuesta afectan el Estado de Derecho y se hermanan con la ‘Teoría de la Seguridad Nacional’ que permitieron a la dictadura el cierre del Congreso Nacional y convertir su criterio en ley”, subrayó la presentación.

Por último, Gente de Derecho afirmó que la aplicación de esa ley “implicaría la judicialización de toda operación sospechosa cuando un abogado tenga que asesorar, asistir, patrocinar y defender a un ciudadano, quien no podrá ejercer libremente su profesión atento que estaría en juego su matrícula, su patrimonio y ser pasible de acciones penales en su contra”.