La nueva ley de impuestos internos promulgada por Mauricio Macri en 2017, que favoreció a las grandes tabacaleras en desmedro de las más pequeñas, provocó la reacción de las empresas perjudicadas, como la Tabacalera Sarandí, que presentó un amparo que llegó hasta la Corte Suprema de justicia de la Nación, presidida por Carlos Rosenkrantz.

Macri promulgó una ley que rebajó las alícuotas para las marcas más caras del duopolio formado por las multinacionales Philip Morris-Massalin Particulares, estadounidense, y Nobleza Piccardo, británica, que concentraron entre ambas el 90% del mercado y las incrementó para los cigarrillos de menor costo, al establecer un impuesto mínimo por paquete, que se actualiza cuatro veces al año por inflación.

La sanción de la ley motivó que la Tabacalera Sarandí, presentara y obtuviera una medida cautelar que suspendió la aplicación de la misma, hasta que se resolviera la cuestión de fondo, que es el pedido de inconstitucionalidad de tres artículos de esa ley.

El pedido fue rechazado en primera instancia, pero la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal concedió la medida hasta que se dicte la sentencia definitiva o hasta que se cumplan los seis meses que puede durar una cautelar contra el Estado, por lo que la AFIP fue hasta la Corte Suprema en queja, luego de que la Cámara rechazara su recurso extraordinario.

Rosenkrantz, el presidente de la Corte, dispuso que se solicitara opinión a la Procuración General y a instancias de quien ocupa el cargo en forma interina, Eduardo Casal, la procuradora de derecho público no penal, Laura Monti, dictaminó que debía rechazarse la cautelar, porque no estaba demostrada la verosimilitud del derecho invocado, pero la Corte aún no se ha expedido sobre el tema.