Sólo bancos y casas de cambio podrán vender dólares
Lo resolvió el Banco Central. La medida impactará en la actividad de las sociedades de bolsa, que tendrán 30 días para adecuarse a la nueva normativa.
Mediante una circular del Banco Central, solamente los bancos y las casas de cambio podrán concretar operaciones de compra y venta de dólares, por lo que ya no se podrán adquirir divisas en comercios, como lo había dispuesto la gestión de Federico Sturzenegger.
Así, la circular A6999 cambiará la forma de operatoria de moneda extranjera e impactará en la actividad de las sociedades de bolsa, que tendrán 30 días para adecuarse a la nueva normativa.
Hasta la modificación impulsada por la gestión de Miguel Pesce, supermercados, hoteles y casas de electrodomésticos, entre otros comercios, e incluso los individuos, podían comprar y vender divisas.
Ese marco normativo para la actividad cambiaria tenía el objeto de "brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar la tramitación respectiva", según habían argumentado las autoridades de ese entonces.
Por ello, las empresas de cualquier sector sólo debían inscribirse en el "Registro de operadores de cambio" para operar de manera habitual en el mercado de cambios.
La medida del Banco Central, conocida a última hora del jueves, se suma a otras iniciativas para controlar la especulación en medio de una creciente presión cambiaria.