El Gobierno flexibilizó hoy los requisitos para que más monotributistas puedan acceder a créditos a tasa cero, a raíz de la "demanda insatisfecha" que tuvo la iniciativa.

"Atento al impacto alcanzado por el Programa y la demanda insatisfecha de los Créditos a Tasa Cero 2021, resulta oportuno y conveniente implementar una medida tendiente a incrementar el espectro de solicitantes que podrían resultar beneficiarios", destacó el Ministerio de Desarrollo Productivo.

Ahora se suprimió el impedimento que regía sobre los monotributistas que prestan servicios al sector público, ya sea al Estado nacional, provinciales o municipales.

Además, los solicitantes que registren facturas electrónicas podrán acceder al crédito a tasa subsidiada aún cuando se verifique que su facturación electrónica sea superior a 1,2 veces del promedio mensual del límite inferior de su categoría.

Al mismo tiempo, se eliminó el requisito que existía sobre aquellos monotributistas que no registran factura electrónica, pero que el promedio mensual de compras del primer semestre del año superaba el 80% de la suma que resultara de calcular 1,2 veces el promedio mensual del límite inferior de facturación de su categoría.

En estos últimos dos casos, los contribuyentes que se encontraban inscriptos en la categoría A tenían que tomar como límite la suma de $20.800; en caso de haber iniciado sus actividades con posterioridad al 1 de enero, se tenía que tomar en consideración el 80% de la suma que resulte de calcular 1,2 veces el promedio.

La flexibilización del Programa se formalizó a través de la Resolución 626/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Los créditos a tasa cero forman parte de las medidas que lanzó el Gobierno durante el año pasado, con el fin de mitigar los efectos de la pandemia y de las medidas de aislamiento sobre la economía.

En agosto último se volvieron a relanzar los créditos, con montos de hasta $150.000 y el costo financiero total subsidiado en un 100%.

Los monotributistas tienen tiempo hasta el 31 de diciembre próximo para acceder a estos préstamos, que se acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito del contribuyente.

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Los desembolsos se tramitan a través de la página web de la AFIP, cuentan con seis meses de gracia y la devolución se deberá realizar en 12 cuotas sin interés.

El monto a otorgar dependerá de las categorías en las cuales se encontraban inscriptos al 30 de junio último, antes de la recategorización: para la A, el límite máximo es de $90.000; para la B, de $120.000 y para el resto, es de $150.000.

Aquellos monotributistas que accedieron a un crédito a tasa cero durante el año pasado podrán volver a tramitarlo este año, según dispuso el Gobierno.