La AFIP extendió oficialmente hasta el 13 de abril el plazo para que los contribuyentes ingresen sus deducciones del impuesto a las Ganancias, correspondientes al período fiscal 2021. De esta forma, el organismo da más tiempo para facilitar el cumplimiento de la obligación fiscal, ya que el vencimiento original operaba el 31 de marzo.

La decisión se formalizó por medio de la Resolución General 5165/2022, publicada este jueves en el Boletín Oficial. Según lo dispuesto, los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) mediante la presentación del Formulario web F572.

Para utilizar este servicio online, los contribuyentes tienen que utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior. Al ingresar al servicio, pueden informar las deducciones anuales en el Impuesto a las Ganancias, así como también las percepciones que se le hubiesen practicado durante el período e ingresos adicionales, en caso de pluriempleo.

La AFIP explicó que las deducciones se ingresan a través de la web del organismo mediante el sistema SIRADIG-Trabajador: allí deberán consignarse los datos personales y los del empleador. Luego, deberán cargarse las distintas deducciones y desgravaciones en el formulario web, que al finalizar será enviado al empleador.

Además, el organismo recordó que los contribuyentes pueden deducir las cargas de familia (hija, hijo, cónyuge o conviviente); la remuneración del personal de casas particulares; hasta el 40% del monto de alquileres registrados ante la AFIP; cuotas médico asistenciales complementarios a la obra social; intereses por préstamos hipotecarios vinculados a la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación; donaciones realizadas a diferentes instituciones; los importes abonados en concepto de primas de seguro y gastos de sepelio, entre otros.