El Gobierno oficializó el bono de $55.000 para jubilados y pensionados de la mínima
El refuerzo previsional se cobrará en diciembre y se suma al aumento del 20,87% fijado por la Ley de Movilidad Jubilatoria.
El Gobierno Nacional oficializó este martes el refuerzo de $55.000 que percibirán durante diciembre jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a través del Decreto 623/2023 publicado en el Boletín Oficial.
El documento oficial, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi, y de la ministra de Trabajo Raquel Olmos, dispuso que se “otórgase un refuerzo de ingreso previsional por un monto máximo de $55.000, que se abonará en el mes de diciembre de 2023”.
El bono había sido anunciado antes del balotaje por el ministro de Economía, Sergio Massa, y la titular de la ANSES, Fernanda Raverta, con el aumento del 20,87% fijado por la Ley de Movilidad Jubilatoria para el último mes del año, y se suma al refuerzo de $37.000, que se abonó en septiembre, octubre y noviembre pasados.
En los considerandos del Decreto, se explicó que el bono responde a “que desde el año 2022, producto de diversos factores, nuestro país ha sufrido un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en bienes de primera necesidad” y teniendo en cuenta “que el aceleramiento de precios referido tiene una mayor afectación en las personas de menores ingresos”, se consideró “necesario generar herramientas de mayor acompañamiento hasta tanto se estabilicen las variables macroeconómicas”.
El Ejecutivo determinó que la totalidad del bono la cobrarán los jubilados y pensionados que perciben la mínima, mientras que el resto de los beneficiarios recibirán el ingreso equivalente hasta alcanzar los $160.712.
Así lo estableció el texto oficial, precisando que “aquellos y aquellas titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $105.712,61, el refuerzo de ingreso previsional será equivalente a $55.000 y para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al precitado monto, el refuerzo de ingreso previsional será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $160.712,61”.
Al mismo tiempo, el Decreto dispuso que “para percibir el presente refuerzo de ingreso previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo período mensual en que se realice su liquidación” y aclaró que el bono “no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.
Además, el Gobierno estableció que “en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al refuerzo de ingreso previsional que se otorga por el presente decreto”.
Los beneficiarios del bono serán:
- Los titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES.
- Los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
- Los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
De cuánto serán las jubilaciones en diciembre
Con el incremento del 20,87%, el haber mínimo vigente a partir de diciembre será de $105.712,61, en tanto que el haber máximo será de $711.345,76. Con el bono de $55.000, la jubilación mínima asciende a $160.713.
Además, teniendo en cuenta que el próximo mes se percibirá el medio aguinaldo, quienes tengan un haber mínimo recibirán $213.569 (movilidad + refuerzo + medio aguinaldo).
En tanto que si la persona tiene PAMI, también cobrará los $15.000 del Refuerzo Alimentario que otorga la obra social. Asimismo, los que se jubilaron con los 30 años de aportes efectivos (sin moratorias ni Plan de Pago) recibirán el complemento al 82% del SMVM, que será de $22.207. De esta manera, percibirán $182.920 (complemento + haber mínimo + refuerzo), a lo que también se debe sumar el medio aguinaldo.