El Banco Central (BCRA) determinó este lunes no formular objeciones sobre la habilitación para que entidades financieras puedan acceder a la compra de Letras del Tesoro emitidas por Córdoba y Chaco, mediante las Comunicaciones  “A” 7974/2024 y  “A” 7975/2024.

El caso de la provincia mediterránea, el Central dispuso “no formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre 'Financiamiento al sector público no financiero', a que las entidades financieras puedan adquirir Letras del Tesoro a ser emitidas por el municipio de Córdoba, por hasta la suma en circulación de $49.000.000.000, en el marco del 'Programa de Letras del Tesoro 2024'”.

Las entidades financieras que quieran comprar estas Letras del Tesoro, deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Las normas sobre "Financiamiento al sector público no financiero". 
  • Las condiciones establecidas en la Resolución Serie A 0008/24 de la Secretaría de Administración Pública y Capital Humano municipal y el Decreto municipal N° 149/24.
  • Las condiciones establecidas en la Resolución 2024-20-APN de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación.
  • Observar las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio.

Por el lado de la provincia gobernada por Leandro Zdero, se autorizó la modificación de la tasa de interés para la emisión de Letras del Tesoro del Chaco para el ejercicio 2024, que consiste en la incorporación de la posibilidad de emisión con ajuste de capital a través del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

Al mismo tiempo, la notificación de la autoridad monetaria determina que las entidades financieras que participen en la emisión deben cumplir con las normas sobre fraccionamiento del riesgo crediticio.