Vuelven las clases presenciales en las escuelas santafesinas
En el caso de las primarias serán en toda la provincia y en el de la secundarias no se renovarán en los departamentos Capital y Rosario
Las clases presenciales en las escuelas primarias volverán a dictarse el próximo lunes en la provincia de Santa Fe, mientras que en el caso de las secundarias sucederá en la mayoría de los distritos, con excepción de los departamentos de la capital provincial y Rosario.
Así lo determinó este viernes el Ministerio de Educación provincial en el marco de la circular 17, que indicó que se produce en Santa Fe "una mejora sostenida" en cuanto a los indicadores sanitarios de la evolución de los casos positivos de coronavirus.
"Al día de la fecha la evaluación de los indicadores sanitarios en la provincia de Santa Fe muestran una mejora sostenida y estos datos alentadores nos permiten ampliar la recuperación de presencialidad en nuestras escuelas de la trayectoria obligatoria", sostuvo la cartera educativa provincial.
Por esa razón, se manifestó la intención de "retomar el cursado con presencialidad y bimodalidad en los niveles inicial y primario en todo el territorio provincial a partir de la próxima semana",
Además, se indica que "en todos los departamentos de la provincia que no se encuentran en estado de alarma epidemiológica a partir de la próxima semana, también se retoma la actividad presencial cuidada en las escuelas de nivel secundario".
"Esta incorporación en consecuencia, excluye a los departamentos Rosario y La Capital", se aclaró.
Por otro lado, a través del decreto N.º 958 firmado por el gobernador Omar Perotti, Santa Fe dispuso continuar con medidas sanitarias "en el marco de la convivencia en pandemia, ante la segunda ola de Covid-19".
Reuniones sociales
El decreto rige entre el 26 de junio y el 9 de julio, inclusive, y ordena la suspensión de reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para el grupo conviviente y para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de diez (10) personas, y la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios públicos y privados, cerrados o al aire libre.
También quedan prohibido el funcionamiento de locales de eventos o de juegos infantiles y otros establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, comúnmente denominados miniclubs o peloteros, y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas.
Permanecen suspendido el funcionamiento de discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares, y las actividades de salas de juego en casinos y bingos, al igual que cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings.
Se exceptúa a bares, restaurantes y demás locales gastronómicos que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que pueda accederse sin transitar por los espacios interiores de circulación donde se ubican los comercios, sin habilitar corredores internos entre las zonas, a los fines del control efectivo del coeficiente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas.
También están vedados cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, incluidos los que funcionen al aire libre, y está suspendida la realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen concurrencia de personas en lugares cerrados o al aire libre, además de la actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes durante el horario autorizado para su funcionamiento.
Asimismo, no se autoriza la actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos, aunque no queda alcanzada por la suspensión a actividad de las ferias francas de comercialización de productos alimenticios.
Se suspende la actividad hípica en hipódromos, pero no quedan alcanzadas por la suspensión las actividades de cuidado y entrenamiento de los animales.
También cesaron las asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial, ya que solo podrán realizarse en forma remota, y la pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de las guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones y la navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación.
En Santa Fe, se informó del fallecimiento de 33 personas por Covid-19 en las últimas 24 horas, y 2.138 nuevos contagios.