La etapa de instrucción de la causa que investiga el femicidio de Johana Ramallo llegó a su fin por lo que las fiscales a cargo solicitaron elevar a juicio a siete personas por los delitos de trata de personas y comercio de estupefacientes.

Así la titular de la Fiscalía Federal N°1 de La Plata, María Laura Roteta, las funcionarias judiciales a cargo de la Unidad Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), Mariela Labozzetta, y de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), María Alejandra Mángano, y la fiscal coadyuvante de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), Patricia Cisnero, requirieron la elevación a juicio oral y público por los delitos de trata de personas con fines de explotación sexual y comercio de estupefacientes para siete integrantes de la organización criminal que operó en la “zona roja” de la ciudad de La Plata en el momento en el que desapareció Johana Ramallo, en julio de 2017.

Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, las siete personas fueron acusadas de formar parte de una organización criminal, con las características de una asociación ilícita, que operó en la “zona roja” platense durante 2016 y 2017 dedicada a la venta de drogas y a la trata de personas con fines de explotación sexual en perjuicio de mujeres que se encontraban en situación de prostitución callejera, entre ellas Ramallo, que en ese momento tenía 23 años.

La causa penal por la desaparición de la víctima se inició en el fuero provincial el 27 de julio de 2017 y en septiembre de ese mismo año el caso quedó radicado en el fuero federal por lo que se comenzó a trabajar la hipótesis de que Ramallo había sido víctima de una organización vinculada a la trata de personas.

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Al año siguiente, en el marco de la investigación se hallaron restos humanos en las costas del río de La Plata, en la localidad de Berisso, que confirmaron su muerte.

Las fiscales solicitaron al Juzgado Federal 1 de La Plata que la hipótesis principal de investigación sea tratada desde una perspectiva de género y el femicidio de la joven en un contexto de criminalidad organizada.

La acusación fiscal sostiene que se logró acreditar la existencia de una organización criminal que desplegó su actividad delictiva a través de la captación y recepción de víctimas en la zona roja platense, sobre la que ejercían control y que en la mayoría de los casos consiguieron la disposición de las víctimas a partir del suministro de estupefacientes y el aprovechamiento de las múltiples vulnerabilidades que presentaban, derivadas de la dependencia a las sustancias que les proveían, la corta edad y la precariedad de las condiciones sociales, económicas y familiares.

Para llevar adelante el plan delictivo, según se pudo probar en la investigación, la organización ejercía el control territorial de la zona, con las diversa intervenciones.

Primero, un grupo de hombres referenciados por los testigos que frecuentaban la zona como los “ocho cuarenta”, quienes bajo el eufemismo de “cuidarlas”, llevaban a cabo la vigilancia y control sobre las mujeres -a quienes captaban y recibían previamente-, luego les retenían el dinero producto de la situación de prostitución y mediante diversas modalidades obtenían un lucro con el comercio de la droga.

Otro grupo, conocido en la zona como “las viejas”, caminaban el territorio y, violencia e intimidación mediante, cobraban a las víctimas por las “paradas”.

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En la organización también participaban hombres que controlaban a las víctimas de la zona a través del comercio de estupefacientes, en su carácter de proveedores de aquellas sustancias.

El círculo de sometimiento, según la causa, se generaba a partir del suministro de estupefacientes, en un marco de consumo problemático y en situaciones de extrema vulnerabilidad estructural, y luego, a partir del aprovechamiento de su adicción y generación de deuda por los estupefacientes consumidos, cobrarlos de las ganancias obtenidas por la situación de prostitución.

Las fiscales señalaron que, de este modo, funcionaba el círculo: mayor consumo, generación de deudas y profundización de la situación de prostitución para saldar las deudas; y, el sometimiento sexual servía de instrumento para comercializar a través de ellas los estupefacientes con los "clientes/prostituyentes”.

En la elevación a juicio también se incluyeron hechos más cercanos en el tiempo, cometidos durante el año pasado, vinculados a la actividad de venta ilegal de estupefacientes y explotación sexual de mujeres trans, que se sucedieron en la misma “zona roja” platense.

En relación con la imputación recaída por comercio de estupefacientes sobre las mujeres trans que eran explotadas sexualmente, las fiscales solicitaron, con anterioridad al requerimiento de elevación a juicio, su desvinculación por entender que, si bien ejecutaron la venta al menudeo, lo hicieron en una situación de extrema vulnerabilidad que las llevó a participar del delito por razones de subsistencia.