La Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables publicó una circular con nuevos lineamientos frente a la llegada de embarcaciones de cargas y pasajeros al país.

Las siguientes son las medidas que tomó el Gobierno nacional:

    No se prohibirá el ingreso de embarcaciones que transporten mercaderías. Los tripulantes extranjeros no residentes en el país podrán descender si: No presentan síntomas y navegaron más de 14 días sin atracar en ningún puerto de una zona afectada por el Coronavirus. No presentan síntomas y no transitaron, amarraron o embarcaron en los últimos 14 días en una zona afectada por el virus. Quienes no presenten síntomas y en los últimos 14 días hayan transitado por zonas afectadas deberán cumplir con las normas y protocolos del Ministerio de Salud de la Nación. Esto implica el distanciamiento social en caso de tener que descender del buque para permitir la operatoria portuaria. De no ser necesario el descenso de los tripulantes para la operatoria, no podrán descender del barco durante 15 días. En todos los casos se deberá obedecer las medidas, recomendaciones e instrucciones que dispongan las autoridades sanitarias y migratorias en el marco de sus respectivas competencias. Todas las personas que cumplan funciones en embarcaciones deberán tomar las medidas de higiene y limpieza de acuerdo al protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación.