El futbolista de Huracán Agustín Alejandro Curruhinca fue procesado con prisión preventiva por el intento de robo a un chofer de Uber ocurrido el 15 de noviembre pasado en cercanías del asentamiento conocido como Barrio Scapino, en Villa Lugano.

El juez de instrucción Diego Slupski dispuso la medida, que incluye un embargo por 70 mil pesos, por el presunto delito de “robo agravado por haber sido cometido con el uso de armas en grado de tentativa”.

Esa figura, según el Código Penal, contempla penas que van de los dos años y medio a los diez años de cárcel.

Curruhinca fue procesado por “el hecho ocurrido el 15 de noviembre del 2022 a las 20:13 horas aproximadamente, oportunidad en la que se encontraba a bordo del vehículo marca Fiat Cronos Drive en la intersección de las calles Piedra Buena y Echeandía de esta ciudad”.

El futbolista “intentó sustraer mediante la utilización de un cuchillo tipo asador de aproximadamente 20 centímetros de largo con un mango de madera a Deyvis Romer Zeballos Borda, un teléfono celular y el automóvil”, explica el fallo.

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El jugador de Huracán le pagó 1.104 pesos al chofer del Uber, pero de inmediato  le mostró el cuchillo “y se lo colocó a la altura de las costillas del lado derecho, obligándolo a que le entregue su celular o el automóvil”.

Pero el chofer “observó por el espejo retrovisor que se aproximaba un patrullero, por lo que comenzó a hablar con el imputado con el objeto de ganar tiempo y así logro dar aviso al móvil que pasaba asomándose por la ventanilla y gritando ‘me están robando, me están robando’ para luego acelerar y cruzar el vehículo frente al móvil en cuestión”.

Curruhinca fue detenido por agentes de la Policía de la Ciudad y suministró como domicilio dos direcciones que resultaron ser falsas.

Esa fue una de las circunstancias que valoró el juez Slupski para dictarle la prisión preventiva, al considerar que “se exhiben peligros procesales que tornan imprescindible su encierro para garantizar el normal desarrollo del proceso”.

Esos riesgos procesales “no resultan susceptibles de ser neutralizados por la mera imposición de pautas de conducta, prohibiciones, interdicciones, cauciones o alternativas de prisión morigerada”, sostuvo el juez.

Esas medidas alternativas a la prisión preventiva –añadió- “dependen, en mayor o menor medida, de la propia voluntad de Curruhinca y, de acuerdo a las pautas indicadas, es muy probable que por sí solo no las cumpla”.

La violencia se configuró al haber apoyado sobre las costillas de la víctima dicho elemento, colocándolo así en una situación de mayor desamparo para facilitar la concreción de su plan, el cual no se concretó por causas ajenas a su voluntad”, abundó.

Slupski consideró que “si bien el nombrado no registra antecedentes condenatorios, lo cierto es que las particularidades y la violencia que se ejerció en el caso –hecho acaecido de noche en el que intentó desapoderar a la víctima mediante la exhibición y utilización de un cuchillo- hace avizorar que en caso de ser condenado la pena será de efectivo cumplimiento”.