Argentina es un laberinto impositivo y esto complica al que quiere donar, como al que quiere trabajar, al que quiere invertir y, también, al que ejerce la profesión de contador que vive día a día múltiples trabas.

En el caso de las donaciones recaudadas para Corrientes por Santiago Maratea, si bien no conocemos la forma en que se realizaron las mismas, resulta importante comprender el alcance tributario de una donación de este estilo. Para el análisis, podemos situarnos desde dos lugares distintos: desde la persona que realiza la donación y desde la entidad que recibe la misma. Desde este último punto de vista, asumimos que la donación fue recibida por una ONG (las asociaciones de bomberos y otras entidades sin fines de lucro) que deberían contar con una exención en el impuesto a las ganancias vigente, de forma que ese ingreso de la donación no se encuentre alcanzado por tal tributo.

Sin embargo, también hay otros impuestos nacionales, provinciales y municipales, como ser el impuesto a los débitos y créditos bancarios y retenciones que realizan algunos organismos, que habría que ver si esas entidades tienen también exención. En general, cuando se trata de entidades de bien público, como bomberos, suelen estar exentas de todas estas imposiciones, por lo que el dinero donado prácticamente se recibiría en forma total.

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Por el otro lado, desde el punto de vista de la persona que realiza la donación, hay que considerar su situación fiscal para el análisis. Si asumimos que la persona es inscripta del impuesto a las ganancias o tributa a través de la retención para empleados en relación de dependencia, es preciso recordar que las donaciones sólo son deducibles del impuesto si son efectuadas a entidades exentas y que hayan sido expresamente autorizadas por la AFIP para recibir donaciones deducibles (muy pocas son las entidades exentas que tienen esta característica (por ejemplo, podemos mencionar a Cáritas, Fundación Favaloro, Greenpeace, Unicef, y otras entidades de bien público, como bomberos en este caso). Sin embargo, aunque se haga a una entidad autorizada, la donación también tiene un límite: no se puede deducir más del 5% de la ganancia neta sujeta a impuesto.

Como es posible apreciar, toda esta burocracia no genera mucho incentivo a la donación. Si la persona no está inscripta al impuesto (por no tener ganancias alcanzadas o por ser sujetos del monotributo, por caso), entonces la donación es altruista, pero no tiene ningún beneficio fiscal.

Otra reflexión que cabe destacar es que más allá de este caso puntual, es importante que podamos debatir el sistema tributario, y en ese sentido creo que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, que es el organismo que nuclea a los profesionales de esas disciplinas, tiene un relevante rol que cumplir. Hay mucho que se puede simplificar para hacerle la vida más fácil tanto al que paga impuestos como también a los contadores.

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Y también en el aspecto tecnológico. Lo que logró Santiago Maratea es increíble: involucró a millones de personas en una causa solidaria y lo hizo de una forma muy simple. Porque para donar no había más que tocar un botón. Esto habla de un desafío que tenemos, que es el de repensar el sistema tributario en su integridad, y los profesionales en ciencias económicas somos los mejores capacitados y los que estamos en contacto más directo con la temática, para contribuir en ese sentido. Pero requiere que el profesional se capacite en estos nuevos formatos tecnológicos, además del aspecto fiscal. En ese sentido, el profesional que quiera capacitarse tiene que sentirse acompañado y tiene que existir una oferta de cursos. Todos deberían tener la posibilidad de seguir formándose. El Consejo que soñamos tiene que estar codo a codo con el profesional y con las mejoras que requiere el país.

*Martín Kerner, Contador Público UBA y Especialista en normas contables.